El Acta núm. 0337-2026, de fecha 2026-08-05, aprueba las evaluaciones económicas y adjudica el proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0055 a 57 proveedores para 19,444,480 raciones de los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028, por RD$1,822,480,554.75 con ITBIS. También dispone que los adjudicatarios en renovación sanitaria o de certificación NORDOM no firmen hasta presentar los documentos, con fecha límite de cinco días hábiles antes del inicio de clases. La decisión adopta criterios excepcionales para evaluar ofertas económicas y confirma la reconfiguración de grupos referenciales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la prevalencia del dato transaccional registrado en el SECP como control de trazabilidad de la oferta, aunque exige que el formulario esté firmado y sellado.; Debilita el control de cobertura íntegra de la garantía de seriedad, cuyo monto reglamentario es el 1 % de la oferta.; Difiere la verificación de identidad y autenticidad formal de documentos de oferta hasta la firma contractual..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Evaluación económica — discrepancias de digitaciónPrevalencia del formulario firmado ante errores en el portal
Prevalecía la información digitada en el SECP.
Si se verifica un error en lo digitado, se acepta el formulario económico firmado y sellado cuando su información sea correcta.
RelajaQuita un control: Reduce la prevalencia del dato transaccional registrado en el SECP como control de trazabilidad de la oferta, aunque exige que el formulario esté firmado y sellado.
Evaluación económica — garantía de seriedadTolerancia por insuficiencia mínima de garantía
La garantía debía cubrir el 1 % del valor total de la oferta; el pliego la consideraba no subsanable.
Se admiten diferencias faltantes de hasta RD$1,000 respecto del 1 %, con evaluación individual y motivación mediante acto administrativo.
RelajaQuita un control: Debilita el control de cobertura íntegra de la garantía de seriedad, cuyo monto reglamentario es el 1 % de la oferta.
Evaluación económica — vigencia de garantíaVigencia hasta la firma del contrato
El acta describe la vigencia como un requisito de la garantía de seriedad sujeto al pliego.
Se admiten excepcionalmente garantías cuya vigencia alcance la firma del contrato de adjudicación.
Aclara
Evaluación económica — omisiones formalesFirma, sello y código de referencia
El pliego descrito en el acta consideraba no subsanables los documentos del Sobre B y su insuficiencia causal de descalificación.
Se aceptan formularios sin código de referencia y se permite subsanar la falta de firma o sello al firmar el contrato, sin modificar el documento ofertado.
RelajaQuita un control: Difiere la verificación de identidad y autenticidad formal de documentos de oferta hasta la firma contractual.
Distribución de racionesReconfiguración de grupos referenciales
El Grupo G-11 (JEE-18-011) existía como grupo referencial independiente.
Se eliminó G-11 y sus centros educativos se anexaron a G-39 (JEE-18-039); el acta afirma que no se alteraron puntajes ni orden de prelación.
Neutral
Evaluación técnica BPMInspección posterior de cocinas sin operaciones
El pliego preveía una inspección técnica obligatoria posterior a la adjudicación para cocinas instaladas que no presentaran operaciones.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El Buffet Rosa Ulloa, SRLAdjudicataria del grupo JEE-18-003; el acta deja pendiente de incorporación al expediente el acto que sustenta su habilitación extraordinaria.