El Acta núm. 0337-2026, de 2026-08-05, aprueba las evaluaciones económicas y adjudica el proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0055 a 57 oferentes para 19,444,480 raciones de los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028, por un total de RD$1,822,480,554.75 con ITBIS. El acta también valida criterios excepcionales sobre documentos económicos y garantías, y acoge ajustes de grupos referenciales, incluida la eliminación del G-11 y la incorporación de sus centros al G-39. Señala que la habilitación extraordinaria de El Buffet Rosa Ulloa, SRL, aún tenía pendiente la incorporación al expediente del acto que la sustenta, aunque la adjudica por RD$24,669,051.68.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a El Buffet Rosa Ulloa, SRL, RD$24,669,051.68 y reconoce que la resolución o acto administrativo que sustenta su habilitación extraordinaria seguía pendiente de incorporación al expediente. La adjudicación depende así de un sustento documental que el propio acto identifica como pendiente; esta acta añade el monto adjudicado a una señal ya registrada sobre esa habilitación.
“quedando pendiente de incorporación al expediente administrativola resolución oactoadministrativo que sustenta … EL BUFFET ROSA ULLOA SRL … 3ÜEE- 18-003) 129,800 RD$12,165,816.52 133,400 RD$12,503,235.16 RD$24,669,051.68”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Considerando segundo y primera resoluciónAcreditación de cocina, vehículos y documentos sanitarios
El pliego exigía acreditar los requisitos documentales y técnicos conforme a las bases del proceso.
Se admiten fotos de la fachada y vehículos tomadas por peritos, documentos de identificación del vehículo y subsanaciones de certificaciones sanitarias y NORDOM; los documentos definitivos deben presentarse antes de firmar el contrato.
RelajaQuita un control: Se flexibilizan los medios y el momento de acreditación de identidad de vehículos y certificaciones; se mantiene la verificación de características y la entrega de documentos definitivos antes del contrato.
Considerando cuarto, criterio 1Discrepancias entre el SECP y el formulario económico
Prevalece la información digitada en el portal ante discrepancias con el formulario de oferta económica.
Si se verifica un error de digitación en el portal, puede prevalecer el formulario firmado y sellado por el oferente.
RelajaQuita un control: Se permite que el documento firmado sustituya el registro digitado en el SECP, debilitando la trazabilidad de cuál dato económico fue presentado originalmente en el sistema.
Considerando cuarto, criterio 3Diferencias menores en la garantía de seriedad
La garantía de seriedad debía corresponder al 1 % de la oferta; su insuficiencia era causa de descalificación según el pliego.
Se admiten garantías con faltantes de hasta RD$1,000 respecto del 1 %, mediante evaluación documentada de cada caso.
RelajaQuita un control: Se reduce el control de cobertura financiera de la garantía de seriedad al tolerar una cuantía inferior a la exigida.
Considerando cuarto, criterio 4Vigencia de la garantía de seriedad
El documento no precisa en este pasaje la vigencia previamente exigida por el pliego.
Se admiten garantías cuya vigencia alcance la firma del contrato de adjudicación.
Aclara
Considerando cuarto, criterio 5Omisiones en formularios económicos
El pliego consideraba no subsanables los documentos económicos; el acta no reproduce una regla previa sobre estas omisiones concretas.
Se admiten formularios sin código de referencia y se permite subsanar firma o sello al firmar el contrato, con el mismo documento y sin cambiar su contenido.
RelajaQuita un control: La identificación del proceso y la autenticación mediante firma o sello pueden completarse después de la presentación de la oferta, debilitando los controles de identidad e integridad documental en la etapa de evaluación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se flexibilizan los medios y el momento de acreditación de identidad de vehículos y certificaciones; se mantiene la verificación de características y la entrega de documentos definitivos antes del contrato.; La identificación del proceso y la autenticación mediante firma o sello pueden completarse después de la presentación de la oferta, debilitando los controles de identidad e integridad documental en la etapa de evaluación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El Buffet Rosa Ulloa, SRLAdjudicada tras habilitación extraordinaria; el acta indica que estaba pendiente incorporar al expediente el acto que sustenta dicha habilitación.
Considerando quinto y segunda resoluciónReconfiguración de grupos referenciales
El grupo G-11 y el grupo G-39 figuraban como grupos referenciales separados.
Se elimina el G-11 y sus centros educativos se anexan al G-39; el acta indica que los grupos son referenciales y que pueden ajustarse, subdividirse o reconfigurarse.