Cláusula de rescisión inmediata en declaración jurada
· hace 9 meses
El modelo señala que el incumplimiento de cualquiera de sus disposiciones podrá dar lugar a la rescisión inmediata, sin describir en esta declaración un trámite previo. El Reglamento prevé notificar la intención de ejercer facultades contractuales y dar al proveedor cinco días hábiles para presentar sus consideraciones; conviene verificar cómo se aplica la cláusula y su compatibilidad con ese trámite.
“Entiendo y acepto que el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones aquí detalladas podrá dar lugar a la rescisión inmediata del contrato, sin perjuicio de las sanciones que correspondan según la legislación vigente.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 172 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 172 — Procedimiento para el ejercicio de las facultades de la institución contratante
Artículo 172. Procedimiento para el ejercicio de las facultades de la institución contratante. La institución estará obligada a notificar al proveedor su intención de ejercer una de las facultades previstas en la Ley 340-06 y sus modificaciones, mediante acto administrativo debidamente motivado. Una vez notificado al proveedor la facultad que ejercerá, éste tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para presentar sus consideraciones, las cuales deberán ser ponderadas por la institución contratante la que dispondrá del mismo plazo para emitir un acto motivado con la decisión definitiva, notificarlo al proveedor y publicarlo en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y el…
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