El Acta núm. 0337-2026, de 2026-08-05, aprueba los informes económicos y adjudica el proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0055 a 57 oferentes por 19,444,480 raciones, con un monto total de RD$1,822,480,554.75 para los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028. Además, admite criterios excepcionales para evaluar garantías y omisiones formales, y autoriza la reconfiguración de grupos referenciales; la adjudicación de El Buffet Rosa Ulloa queda sujeta a verificaciones documentales, pues el acta señala que aún estaba pendiente incorporar el acto que sustenta su habilitación extraordinaria.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la cobertura financiera de la garantía de seriedad de la oferta.; Debilita el control de identificación de la oferta con el procedimiento y la autenticación documental en la etapa de evaluación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Evaluación económica, criterio excepcional 3Insuficiencia en la garantía de seriedad
La garantía de seriedad debía corresponder al 1 % del valor total de la oferta; su insuficiencia podía implicar descalificación.
Se admiten diferencias faltantes de hasta RD$1,000 respecto del 1 %, sujetas a evaluación y documentación mediante acto administrativo.
RelajaQuita un control: Reduce la cobertura financiera de la garantía de seriedad de la oferta.
Evaluación económica, criterio excepcional 4Vigencia de la garantía de seriedad
La garantía debía cubrir el período establecido en el pliego hasta la suscripción del contrato.
Se aceptan garantías cuya vigencia alcance la firma del contrato, momento en que debe constituirse la garantía de fiel cumplimiento.
Aclara
Evaluación económica, criterio excepcional 5Omisión del código del procedimiento y de firma o sello
El formulario y los documentos de la oferta debían identificar el proceso y estar firmados y sellados conforme a los requisitos del pliego.
Se acepta omitir el código de referencia; la firma o sello faltantes podrán subsanarse al firmar el contrato, con el mismo documento y sin modificar su contenido.
RelajaQuita un control: Debilita el control de identificación de la oferta con el procedimiento y la autenticación documental en la etapa de evaluación.
Evaluación económica, criterio excepcional 1Discrepancias entre el SECP y el formulario económico
En caso de discrepancia entre lo digitado en el SECP y el formulario económico, prevalecía la información del portal.
Si se verifica un error de digitación y el formulario firmado y sellado contiene información correcta, los peritos podrán aceptarlo para la evaluación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El Buffet Rosa Ulloa, SRLAdjudicación del grupo JEE-18-003; habilitación extraordinaria sujeta a incorporación al expediente de la resolución o acto que la sustenta.
Consorcio Duran P. y Asociados, SRLEn la evaluación técnica extraordinaria resultó NO CUMPLE por no presentar la Carta Compromiso de inicio de la entrega del servicio contratado.