El Acta núm. 0337-2026, de 2026-08-05, aprueba las evaluaciones económicas y adjudica 57 grupos referenciales a 57 oferentes, por un total de RD$1,822,480,554.75 para 19,444,480 raciones de los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028. También adopta criterios excepcionales para evaluar ofertas económicas y registra que la habilitación extraordinaria de El Buffet Rosa Ulloa, SRL estaba pendiente de incorporar al expediente el acto que la sustentaba, aunque la empresa figura adjudicada por RD$24,669,051.68.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que estaba pendiente incorporar al expediente la resolución o acto que sustentaba la habilitación extraordinaria de El Buffet Rosa Ulloa, SRL, pero la incluye entre los adjudicatarios por RD$24,669,051.68. La aprobación económica general no despeja la falta del soporte administrativo de su habilitación técnica.
“EL BUFFET ROSA ULLOA SRL, … quedando pendiente de incorporación al expediente administrativola resolución oactoadministrativo que sustenta dichahabilitación extraordinaria. … RD$24,669,051.68”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la cobertura monetaria exigida para garantizar la seriedad de la oferta.; Permite aceptar garantías con una vigencia distinta a la prevista, reduciendo el período de cobertura verificable.; La identificación del proceso y la firma o sello en la oferta dejan de ser controles exigidos al momento de presentar y evaluar la oferta..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Considerando cuarto, criterio 1Discrepancias entre el SECP y el formulario económico
Prevalencia de la información digitada en el portal.
Prevalece el portal, salvo error de digitación comprobado; en ese caso puede aceptarse el formulario firmado y sellado.
Aclara
Considerando cuarto, criterio 2Corrección de errores aritméticos
Aplicación de las reglas de corrección aritmética previstas en el reglamento y el pliego.
Se mantiene la corrección de parciales y montos en letras; para precio único, ITBIS y totales pueden corregirse si el monto corregido está cubierto por la garantía.
Aclara
Considerando cuarto, criterio 3Diferencias en la garantía de seriedad
La garantía debe equivaler al 1 % de la oferta.
No se desestima por faltantes de hasta RD$1,000 frente al 1 %, sujeto a evaluación y acto motivado.
RelajaQuita un control: Reduce la cobertura monetaria exigida para garantizar la seriedad de la oferta.
Considerando cuarto, criterio 4Vigencia de la garantía de seriedad
La vigencia cubre el período fijado en el pliego y debe cubrir hasta la suscripción del contrato.
Se admiten garantías cuya vigencia alcance la firma del contrato de adjudicación.
RelajaQuita un control: Permite aceptar garantías con una vigencia distinta a la prevista, reduciendo el período de cobertura verificable.
Considerando cuarto, criterio 5Omisión de referencia, firma o sello en formularios
El pliego requería identificar el proceso y presentar documentos completados y firmados/sellados, según corresponda.
Se admite omitir el código del proceso; la omisión de firma o sello puede subsanarse al firmar el contrato con el mismo documento cargado, sin cambios de contenido.
RelajaQuita un control: La identificación del proceso y la firma o sello en la oferta dejan de ser controles exigidos al momento de presentar y evaluar la oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El Buffet Rosa Ulloa, SRLAdjudicación del grupo JEE-18-003; el acta indica que estaba pendiente incorporar al expediente el acto administrativo que sustentaba su habilitación extraordinaria.