Publicado el 17 mar de 2026Fechado el 12 mar de 2026143 páginasEn el mensaje «Circular de Notificación de Errores u Omisiones - MIVHED-CCC-LPN-2025-0020»
El informe preliminar, fechado el 13 de marzo de 2026, evalúa las ofertas técnicas de 117 participantes en la licitación MIVHED-CCC-LPN-2025-0020. Identifica documentación pendiente de subsanar hasta el 19 de marzo de 2026 y registra incumplimientos preliminares en varios lotes, pero no contiene una decisión final de habilitación ni adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra a Díaz Cuevas Ingenieros & Arquitectos con el RNC y consigna que, al verificar ese número en el SECP, aparece Construcciones Civiles y Sanitarias Díaz Reyes, SRL. El documento pide aclarar si hubo cambio de razón social y presentar respaldo; corresponde verificar la identidad del oferente antes de continuar su evaluación.
“Al colocar el RNC en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), aparece el nombre de la razón social Construcciones Civiles y Sanitarias Díaz Reyes, SRL. En tal sentido, debe especificar si esto se debe a un cambio en el nomb”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Grupo Gil Calvo, S.R.L.Evaluación preliminar: el flujo de caja está incompleto y el informe lo califica como no subsanable; también señala observaciones legales y financieras.
Inversiones BTF, S.R.L.Evaluación preliminar: índice de liquidez de 0.68, inferior al mínimo requerido de 1.0, señalado como no subsanable.
No habilitado
Lote 4
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Prodicon, S.R.L.Evaluación preliminar: no presentó flujo de caja, que el informe identifica como requisito no subsanable.
No habilitado
Lote 24
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Proyecciones Luxor, S.R.L.Evaluación preliminar: el informe señala que no presentó flujo de caja, calificado como no subsanable.
No habilitado
Lotes 16, 23 y 33
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Madeline Saldívar CeballosEvaluación preliminar: cronogramas que no cumplen el tiempo requerido, calificados como no corregibles; se señalan además dudas sobre disponibilidad simultánea del personal.
Marcell Ingeniería y Arquitectura, S.R.L.Evaluación preliminar: no presentó diagrama de flujo de caja, calificado como no corregible; también constan observaciones fiscales y técnicas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Constructora JS&D, S.R.L.Evaluación preliminar: índice de liquidez de 0.68, inferior al mínimo requerido y no subsanable; además, no presentó flujo de caja en varios lotes.
No habilitado
Lotes 15, 28, 34 y 35
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Grupo Biserici, S.R.L.Evaluación preliminar: no presentó cronograma de ejecución ni diagrama de flujo de caja, calificados como no corregibles.
G. A. Morillo & Asociados, S.R.L.Evaluación preliminar: el flujo de caja no refleja el avance por cubicación y el informe lo califica como no corregible.
No habilitado
Lotes 16 y 24
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Metus Proyectos, S.R.L.Evaluación preliminar: el anexo A-1 del IR-2 no concuerda con el estado de situación y el informe lo considera no subsanable.
No habilitado
Lotes 9, 10 y 11
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Rinvar, S.R.L.Evaluación preliminar: el anexo A-1 del IR-2 no concuerda con el estado de situación, señalado como no subsanable.
No habilitado
Lote 20
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Rosanna Margarita Cortorreal Negrín de HernándezEvaluación preliminar: el anexo A-1 de la declaración jurada de 2023 no concuerda con los estados financieros y el informe lo considera no subsanable.
No habilitado
Lote 25
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Serv Ing Amci, S.R.L.Evaluación preliminar: el anexo A-1 de 2023 no concuerda con los estados financieros; además, no presentó cartas bancarias requeridas.
No habilitado
Lote 28
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Díaz Cuevas Ingenieros & Arquitectos, S.R.L.Evaluación preliminar: el flujo de caja fue expresado en montos y no en porcentajes, y el informe lo considera no corregible. El documento también pide aclarar la correspondencia entre el RNC y la razón social mostrada en el SECP.
No habilitado
Lotes 29 y 32
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Constructora Edifitec, S.R.L.Evaluación preliminar: cronogramas inferiores al mínimo de 14 meses señalado en el pliego.
Walcom, Ingeniería y Comercio, S.R.L.Evaluación preliminar: disponibilidad bancaria inferior al 15% exigido por el pliego, indicada como no subsanable.
No habilitado
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Circular de Preguntas y Respuestas - LPN-2025-0020.pdf