La Resolución MIVHED/CCC/2025/239, de 2025-10-28, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego de la licitación MIVHED-CCC-LPN-2025-0020, estimada en RD$3,536,913,202.31. Entre otros cambios, actualiza el alcance a 37 lotes y 9,285 intervenciones, permite ofertar en todos los lotes con adjudicación máxima de dos, modifica requisitos financieros y limita las entidades bancarias aceptables a bancos múltiples de la República Dominicana. No adjudica el proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la verificación cuantitativa de disponibilidad de crédito y de materiales en stock para respaldar la ejecución.; Se elimina un filtro relacionado con la carga de contratos en ejecución y la capacidad disponible para asumir nuevas obras..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La resolución está fechada el 28/10/2025 y su cronograma mantiene la recepción de ofertas para el 04/11/2025; el calendario anterior fijaba el 23/10/2025 como plazo para emitir enmiendas. La regla citada por la propia resolución limita su emisión al 75% del plazo previsto para presentar ofertas. El portal registra luego un cierre el 13/11/2025, por lo que conviene contrastar esta secuencia con las enmiendas posteriores.
“Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas… Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta e”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 3: Especificaciones técnicasAlcance y cantidad de lotes e intervenciones
El texto indicaba 11 lotes, 50 viviendas y 5 km de calles por lote; a continuación también aparecía una distribución de 37 lotes.
Se establece una ejecución estimada de 37 lotes y 9,285 viviendas: 750 nuevas y 8,535 remozamientos.
Aclara
Sección I, numeral 3: participación por lotesLotes para los que puede ofertar cada proponente
Solo podía presentarse oferta para un único lote.
Se permite presentar oferta para todos los lotes, con adjudicación máxima de dos por oferente.
Relaja
Secciones I, numerales 11.1.2 y 12.1.2: documentación financieraCrédito de suplidores y disponibilidad de materiales
Se exigía crédito de entidades comerciales o suplidoras por al menos el 30% del presupuesto del lote y acreditar en inventario materiales equivalentes al 30% del crédito aprobado.
Se mantiene la certificación de crédito de suplidores sin mínimo porcentual ni obligación de demostrar existencias de materiales.
RelajaQuita un control: Se elimina la verificación cuantitativa de disponibilidad de crédito y de materiales en stock para respaldar la ejecución.
Secciones I, numerales 3 y 11.1.1: ejecución de contratos y declaración juradaContratos en ejecución con entidades públicas de vivienda
Se excluía a oferentes con contratos en ejecución, individualmente o en consorcio, con MIVHED, OISOE o INVI, y se exigía declararlo.
La restricción y la declaración específica sobre esos contratos dejan de figurar en el texto enmendado.
RelajaQuita un control: Se elimina un filtro relacionado con la carga de contratos en ejecución y la capacidad disponible para asumir nuevas obras.
Sección IV, numeral 2: definicionesEntidades bancarias aceptables
Se aceptaban bancos extranjeros con grado de inversión y bancos múltiples dominicanos en operación normal.
Solo se define como aceptable un banco múltiple de la República Dominicana en estado de operación normal.
Endurece
Sección I, numerales 2 y 11.1.1Actividad comercial UNSPSC requerida
Se exigía la actividad 75130000 – Construcción general de edificios.
Se exige la actividad 72130000 – Construcción general de edificios.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Sección I, numeral 8: cronogramaPlazo para respuestas y enmiendas
El plazo para emitir respuestas y adendas/enmiendas vencía el 23 de octubre de 2025.
El plazo se fija hasta el 29 de octubre de 2025; la recepción de ofertas en este texto sigue prevista para el 4 de noviembre de 2025.