Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| CONTRATACIONES DE OBRAS DIVERSAS EN DIFERENTES PUNTOS DEL MUNICIPIO | Ayuntamiento Santo Domingo Oeste | RD$34.3 millones | 24 ago de 2026 | Activo |
| REMOZAMIENTO DE DIFERENTES CENTROS DE SALUD A NIVEL NACIONAL DEL SNS | Servicio Nacional de Salud | RD$133.2 millones | 4 nov de 2025 | Activo |
| Rehabilitación Tramo Carretero La Rosa- Sabana Toro, Central Hidroeléctrica Valdesia, San Cristobal | Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana | RD$127.5 millones | 8 feb de 2023 | Activo |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza el recurso jerárquico por haberse comprobado que el informe de evaluación de ofertas técnicas se encuentra motivado con las razones por las cuales el recurrente no resultó habilitada para la posterior etapa del procedimiento de referencia conforme a lo estipulado en el párrafo 31 de la presente Resolución, y además se advierte que para determinar si las certificaciones experiencias presentadas por la…
Proceso: EGEHID-CCC-LPN-2022-0013 (Rehabilitación Tramo Carretero La Rosa- Sabana Toro, Central…)
Empresas: Constructora Sanval, SRL (presentó la acción)Grupo Gil Calvo, SRL (adjudicataria del proceso)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Constructora Sanval, S.R.L., en contra de la Resolución Núm. 003-2023 de fecha 10 de enero de 2023, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Empresa Generadora Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) en respuesta a su recurso de impugnación en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. EGEHID-CCC-LPN-2022-0013 llevado a cabo para la “Rehabilitación Tramo Carretero La Rosa- Sabana Toro, Central Hidroeléctrica Valdesia, San Cristóbal”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Constructora Sanval, S.R.L., i. RECHAZAR el pedimento de anular la Resolución Núm. 003-2023, emitida en fecha 10 de enero de 2023 por la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) por haberse comprobado que el informe de evaluación de ofertas técnicas que se encuentra motivado en cuanto a las razones por las que la recurrente no resultó habilitada para la posterior etapa del procedimiento de referencia y se constató que para determinar si las certificaciones experiencias presentadas por la recurrente cumplían con lo requerido en el pliego de condiciones, requiere de la revisión de un profesional especializado, por tratarse de aspectos técnicos ii. RECHAZAR el pedimento contentivo a que se evalúe la oferta económica de la razón social Constructora Sanval, S.R.L. y que posteriormente se proceda con su adjudicación pues son actuaciones que escapan de la competencia del Órgano Rector. iii. RECHAZAR el pedimento de otorgar a la recurrente, Constructora Sanval, S.R.L., el derecho de presentar un escrito ampliatorio de su recurso jerárquico y para depositar documentos adicionales ante este Órgano Rector, en atención a que la presente resolución concluye y da respuesta al caso de que se trata, resultando definitivo en sede administrativa. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente Constructora Sanval, S.R.L.; ii) a la Empresa Generadora Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID), y; iii) a la adjudicataria, la razón social Grupo Gil Calvo, S.R.L. CUARTO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora Sanval, S.R.L., tendente a suspender la Licitación Pública Nacional Núm. EGEHID-CCC-LPN-2022-0013, llevada a cabo por la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID), para la “Rehabilitación tramo carretero La Rosa-Sabana Toro, Central Hidroeléctrica Valdesia, San Cristóbal”, hasta tanto se dé respuesta a su recurso jerárquico. No…
Proceso: EGEHID-CCC-LPN-2022-0013 (Rehabilitación Tramo Carretero La Rosa- Sabana Toro, Central…)
Empresas: Constructora Sanval, SRL (presentó la acción)Grupo Gil Calvo, SRL (adjudicataria del proceso)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora Sanval, S.R.L., por haber sido presentada de acuerdo con las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora Sanval, S.R.L., tendente a suspender la licitación pública nacional Núm. EGEHID-CCC-LPN-2022-0013, llevado a cabo por la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID), para la “Rehabilitación Tramo Carretero La Rosa- Sabana Toro, Central Hidroeléctrica Valdesia, San Cristóbal”, hasta tanto se dé respuesta a su recurso jerárquico, debido a que no se han planteado ni demostrado los elementos necesarios para su aplicación. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente Constructora Sanval, S.R.L.; ii) a la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID); y, iii) a la adjudicataria Grupo Gil Calvo, S.R.L., para su conocimiento y los fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, www.dgcp.gob.do.