Publicado el 24 ago de 2026Fechado el 23 ago de 2026146 páginasEn el mensaje «Acto administrativo rectificativo MOPC-RECT-025-2026; informe Rectificativo de Evaluación Tecnica MAE PEUR 2026-0004»
El informe rectificativo, fechado el 24 de agosto de 2026, consolida la evaluación técnica del Sobre A de 50 oferentes para el proceso de urgencia MOPC-MAE-PEUR-2026-0004 y recomienda quiénes pasan a la evaluación económica, en algunos casos solo para determinados lotes. No adjudica contratos ni fija montos adjudicados; entre sus resultados, registra que Constructora Ferma no alcanza el capital de trabajo requerido y que Malespín Constructora presenta un cronograma de 223 días, superior al máximo de seis meses indicado en el pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Consorcio Comapa ISA, Construmarsa, SRL, RPC Proyectos, SRL.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
Constructora Ferma, SRLNo cumple el índice de capital de trabajo requerido; el informe consigna RD$71,291,267.00 frente a un requisito de RD$97,054,352.79.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El informe fechado el 24 de agosto identifica y muestra firmas de Carlita Sosa, David Reyes Volquez y Víctor David Jaquez Mateo como peritos técnicos. Según el acto de sustitución del 20 de agosto incluido en el contexto del proceso, fueron reemplazados; conviene verificar su intervención en esta evaluación que recomienda habilitaciones para la fase económica.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
Conproina, SRLRecomendado para apertura económica; cumple los criterios consolidados.
Habilitado
6
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Corporación MJCL Servicios, SRLNo subsanó correctamente documentación legal, financiera y técnica, ni cumplió los índices financieros y los requisitos técnicos no subsanables.
No habilitado
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9
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Constructora Yeara, SRLEl informe la identifica como «Constructora FEARA»; el RNC coincide con Constructora Yeara, SRL, y queda recomendada para apertura económica.
Habilitado
9
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V.W. Serving, SRLRecomendado para apertura económica; cumple los criterios consolidados.
Habilitado
8 y 9
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Toralco, SRLRecomendado para apertura económica; cumple los criterios consolidados.
Consorcio Yarull InverpexNo subsanó correctamente la documentación financiera ni alcanzó el capital de trabajo requerido; el informe consigna RD$51,461,867.00 frente a un requisito de RD$158,742,022.81.
No habilitado
2, 3, 5 y 8
—
Construmarsa, SRLRecomendado para apertura económica tras la evaluación rectificativa; el informe lo registra habilitado.
Habilitado por vía extraordinaria
2, 3, 5, 6, 8 y 9
—
Constructora Yunes, SRLRecomendado para apertura económica; cumple los criterios consolidados.
Habilitado
1 y 9
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Consorcio Convisa - AlmonteHabilitado para los lotes 4, 7, 8 y 9; no habilitado para el lote 1 porque su cronograma excede seis meses.
Constructora e Instalaciones Cromwell, SRLNo subsanó varios requisitos técnicos, incluida la experiencia del personal clave y la disponibilidad de equipos; obtuvo 4/60 puntos.
No habilitado
5
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RPC Proyectos, SRLRecomendado para apertura económica tras la evaluación rectificativa; el informe lo registra habilitado.