Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTIAGO
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
La presente decisión acoge en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Ingeniería Luciano, S.R.L., por haber sido interpuesta de conformidad con de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 y numeral 8 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. No obstante, a propósito de las verificaciones de sus reclamos la Dirección General encontró que uno de ellos es extemporáneo además de…
Proceso: FAD-CCC-CP-2021-0001 (Servicios de Remodelación y equipamiento de la Intendencia General…)
Empresas: Constructora de Infraestructura Civiles e Hidráulicas Vicini, SRLIngeniería Luciano Sarkis, SRL
PRIMERO: RECHAZAR en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Ingeniería Luciano, S.R.L., contra la Resolución 12-2021, de fecha 20 de mayo de 2021 en respuesta su impugnación a la Resolución 11-2021 de Acta de Adjudicación de fecha 12 de mayo de 2021, ambas decisiones emitidas por el Comité de Compras y Contrataciones de la Fuerza Aérea Dominicana, en el marco del Procedimiento por Comparación de Precios FAD- CCC-CP-2021-0001, para “ “Remodelación y equipamiento de la intendencia general, los comedores para oficiales y alistados de la base aérea de Puerto Plata, FARD” ; por haber sido interpuesta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 y numeral 8 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social Ingeniería Luciano, S.R.L., en lo relativo a que sean revocadas la Resolución Núm. 12- 2021 contentiva de la respuesta a la impugnación de fecha 20 de mayo de 2021, y la Resolución Núm. 11-2021 de Acta de Adjudicación de fecha 12 de mayo de 2021, toda vez que no fueron constatados vicios que conlleven anular los actos administrativos antes referidos, tal y como se explicó en la presente resolución y de forma sintetizada en el párrafo 90 de la presente Resolución. Igualmente, se rechaza el pedimento de que se le adjudique ya que conforme el criterio de descentralización de la gestión operativa no corresponde a esta Dirección General adjudicar procesos de otras instituciones, como se indicó en el párrafo 91 de este acto. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social Ingeniería Luciano, S.R.L., en su calidad de recurrente; a la Fuerza Aérea de la República Dominicana, al ser la institución contratante; y, a la razón social Construcciones de Infraestructuras Civiles e Hidráulicas Vicini, S.R.L., adjudicataria, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Se muestran las 60 más recientes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Se rechaza el pedimento de desestimar el el informe de evaluación emitido por los señores Freddy Castillo, Fior Daliza Bonifacio y Mia Rivera, referente a la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, toda vez que aun teniendo merito su alegato y esto conllevaría la nulidad del referido informe por el hecho de haberse aplicado criterios no establecidos en el pliego de condiciones, como mecanismo para…
Proceso: DESARROLLO PROVINCIA-MAE-PEUR-2020-0003 (PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN DE VIAS, PUENTES VEHICULARES Y…)
Empresas: Constructora Kason, SRLIngeniería Luciano Sarkis, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Ingeniería Luciano Rosario, S.R.L., contra Resolución Núm. CPADP/RL/001/2021 de fecha 4 de febrero de 2021, dictado por el Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial, en respuesta a su impugnación, en el marco del procedimiento de Excepción por Urgencia DESARROLLO PROVINCIA-MAE-PEUR-2020- 0003, para los “Proyectos de construcción y reparación de vías, puentes vehiculares y obras de drenaje en Santiago Oeste, Pedernales y Santo Domingo Norte” , Lote 1, por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Ingeniería Luciano Rosario, S.R.L.: i. RECHAZAR el pedimento relativo a que se desestime el Informe de Evaluación emitido por los señores Freddy Castillo, Fior Daliza Bonifacio y Mia Rivera, referente a la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, toda vez que si bien es cierto tiene mérito su alegato de haberse aplicado criterios no establecidos en el pliego de condiciones para determinar si las ofertas son sustentables o no, se advierte que aun de todos modos la recurrente no cumple, porque además ha sido descalificada por la omisión de otras partidas en su análisis de costos unitarios, documento de carácter no subsanable conforme a lo establecido en el literal C del numeral 2.14 del pliego de condiciones, tal como fue establecido en los párrafos 56 y 57 de la presente resolución. ii. RECHAZAR el pedimento de que se le adjudique el Lote 1 del procedimiento en referencia, toda vez que no ha cumplido con todos los requerimientos del procedimiento y, además, porque para adjudicar esta Dirección General tendría que realizar una reevaluación, y esto conlleva una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan al ámbito de su competencia, como se verifica de lo establecido en el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, tal como fue descrito en el párrafo 94 de la presente resolución. TERCERO: ORDENAR a la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial (CPADP): i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa del proceso de compra y contratación, en especial, el acta de designación de los peritos evaluadores y el informe de evaluación de las ofertas; y ii) una vez publicado dicho documento, notificar a esta Dirección General en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentra cargado en el Portal Transaccional. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial (CPADP), a la razón social Ingeniería Luciano Rosario, S.R.L., y Constructora Kason, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.