Constructora Yunes, SRL
Proveedor del Estado con la misma razón social que una parte en decisiones judiciales
· hace 1 año
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Constructora Yunes, SRL
· hace 1 año
Según documentos societarios que instituciones del Estado publicaron junto a ofertas y credenciales de esta empresa (certificados de registro mercantil, actas de asamblea y estatutos). La composición pudo cambiar después de la fecha del documento.
| Nombre | Rol | Participación | Fuente |
|---|---|---|---|
| Ricardo Yunes | Gerente | Documento societarioDocumento en dgcp.gob.do, pág. 3 |
Los nombres salen de documentos públicos y se enlazan por nombre: coincidir en el nombre no prueba que sea la misma persona.
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acogió en cuanto a la forma y en cuanto al fondo se rechaza todas vez que no ha sido constatados los elementos necesarios para su aplicación.
Proceso: MOPC-MAE-PEEN-2022-0017 (CONSTRUCCIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTUCTURAS VIALES QUE FUERON…)
Empresas: Constructora Yunes, SRL (presentó la acción)Constructora Campos, SA (adjudicataria del proceso)IDC Construcción, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora Yunes, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora Yunes, S.R.L., tendente a suspender los actos Núms. MOPC- EMERGENCIA-RECT-009-2022 y MOPC-EMERGENCIA-RECCT-011-022, del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. MOPC-MAE-PEEN-2022-0017, llevado a cabo por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), para la “Construcción y Reconstrucción de infraestructuras viales que fueron afectadas por el paso del huracán Fiona etapa II”, hasta tanto se dé respuesta a sus recursos de impugnación contra ambos actos, debido a que no ha sido motivado el peligro en la demora “periculum in mora”, así como tampoco se constató la existencia de la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris”, por ser cuestiones que requieren de un análisis que escapa de la tutela cautelar, y no se han presentado alegatos ni pruebas respecto al daño que ocasionaría al interés general la no suspensión, o que solo se garantizaría de así hacerlo. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente Constructora Yunes, S.R.L.; ii) al Ministerio de Obras Públicas y GOBIERNO DE LA REP BLICA DOMINICA A HACIENDA DIR CCIÓ GENERA ECO TRAT CIO p' B ICAS l'edro A. Llub.>tes esq. M.1nuel Rodrl uet 0b lo, Ga;;cue SJmo OomJn o Jlepúbll .a Oomlnk.ina Direccion~.t ContralllCJOIIOS PublJc:i,; Comunicaciones (MOPC), y; iii) a la adjudicataria Constructora Campos, S.R.L., para su conocimiento y los fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Se muestran las 60 más recientes.
Decisiones en las que es parte una empresa con la misma razón social: verifica en la decisión que se trate de la misma sociedad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos |
| RD$46.1 millones |
| 22 dic de 2022 |
| Activo |
| REHABILITACIONES, READECUACIONES Y REPARACIONES DE INFRAESTRUCTURAS AFECTADAS POR EL HURACAN FIONA. | Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos | RD$66.5 millones | 9 nov de 2022 | Activo |
| Mejoramiento del Frente Marítimo del Distrito Municipal Caleta, Provincia de La Romana | Comité Ejecutor de Infraesctrutura de Zona Turísticas | RD$88.1 millones | 9 sept de 2022 | Activo |
| CONSTRUCCIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURAS VIAL EN LAS PROVINCIAS ESPAILLAT, LA VEGA, SANTIAGO… | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$48.9 millones | 3 mar de 2022 | Activo |
| CONSTRUCCIÓN PARQUE LINEAL PROYECTO NUEVO DOMINGO SAVIO, SECTOR LA CIÉNAGA, DISTRITO NACIONAL. | Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE) | RD$214.3 millones | 7 abr de 2021 | Activo |
| CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE INTERCONEXIÓN CANAL JUAN CALVO CON LATERAL 0 Y EQUIPAMIENTOS, D/R BAJO YAQUE DEL NORTE, Z/R… | Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos | RD$75.2 millones | 19 nov de 2020 | Activo |
| CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO 2, EDIFICIO 3 Y MODULO A DEL CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA DISCAPACIDAD (CAID), SANTO… | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$63.3 millones | 10 ene de 2020 | Activo |
| CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO 2, EDIFICIO 3 Y MODULO A DEL CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA DISCAPACIDAD (CAID), SANTO… | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$55 millones | 10 ene de 2020 | Activo |
| Construcciones De Viviendas Económicas, Centro Comunal y de Los Parqueos Centro De Atención Integral para La… | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$22.8 millones | 8 nov de 2019 | Activo |
| SUMINISTRO Y REPARACION DE TERRENO (PARTE FRONTAL DEL CENTRO RESIDE) | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$531,496 | 21 oct de 2019 | Cerrado |
| Proyecto Remozamiento Área de entrenamiento Militar de la Brigada de Apoyo de Servicio, Ejercito de la República… | Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana | RD$20 millones | 17 sept de 2019 | Activo |
| Contratación de los Trabajos de Remozamiento Edificios (Principal y Posterior) Sede Lotería Nacional | Lotería Nacional | RD$65.4 millones | 13 sept de 2019 | Cancelado |
| SERVICIO DE DESMONTAJE DE PUERTAS PARA SER SUSTITUIDAS REQ. 8677 | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$9,440 | 4 sept de 2019 | Modificado |
| SERVICIO DE REPARACIÓN PARA DESAGÜE DE BAÑOS REQ. 8695 | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$32,157 | 12 ago de 2019 | Activo |
| CONSTRUCCIÓN VIVIENDAS Y PARQUE EN EL MUNICIPIO SAN LUIS, PROVINCIA SANTO DOMINGO ESTE Y REMODELACIÓN DE LA DIRECCIÓN… | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$20 millones | 16 jul de 2019 | Activo |
| CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SERVICIOS Y REMODELACIÓN DE LOS DEPARTAMENTOS DE INSPECCIÓN, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO… | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$55.4 millones | 12 jul de 2019 | Activo |
| RECONSTRUCCIÓN CARRETERA DE LOS LLANOS – EL PUERTO, PROVINCIA SAN PEDRO DE MACORÍS | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$78.5 millones | 14 dic de 2018 | Activo |
| TERMINACIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PROYECTO RESIDE. | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$17.9 millones | 19 sept de 2018 | Activo |
| Reparación de varios centros de salud | Servicio Nacional de Salud | RD$32 millones | 25 jun de 2018 | Activo |
| Reparación de varios centros de salud | Servicio Nacional de Salud | RD$32 millones | 18 jun de 2018 | Cancelado |
| EJECUTAR TREINTA (30) OBRAS EN DIFERENTES SECTORES DEL MUNICIPIO, OFERTADAS POR EL AYUNTAMIENTO SANTO DOMINGO ESTE… | Ayuntamiento Santo Domingo Este | RD$2 millones | 8 jun de 2018 | Activo |
| REQ 5815 REACONDICIONAMIENTO DEL CUARTO DE MAQUINAS DEL CAID SANTO DOMINGO OESTE | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$415,323 | 21 feb de 2018 | Activo |
No pudo ser determinado el mérito de lo alegado por la recurrente con relación a que las características de los bienes requeridos contenidas en las especificaciones técnicas y el pliego de condiciones poseen fallos de cálculos que hacen el proyecto inviable, ya que, a fines de poder determinar la veracidad de sus argumentos, es necesario realizar una ponderación técnica de los bienes requeridos por la institución…
Proceso: Ayuntamiento Higuey-CCC-LPN-2021-0003 (ADQUISICION E INSTALACION DE LUMINARIAS AUTOSUSTENTABLES CON PANELES…)
Empresas: Constructora Yunes, SRL (presentó la acción)Consorcio Iluminacion Solar La Altagracia
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Constructora Yunes, S.R.L., contra el Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. AYUNTAMIENTO HIGÜEY-CCC-LPN-2021-0003, llevado a cabo por el Ayuntamiento del Municipio de Higüey, para la “Adquisición e instalación de luminarias autosustentables con paneles solares, baterías y opción de cámaras de seguridad integrada, entre el Ayuntamiento de Higüey y el Distrito Municipal de Verón-Punta Cana”, por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Constructora Yunes, S.R.L.: i. RECHAZAR el pedimento respecto a que sea revoque en todas sus partes el “Acto Administrativo S/N” de fecha 19 de noviembre de 2021, que da respuesta al recurso de impugnación interpuesto por la hoy recurrente, toda vez que, conforme fue referido en el párrafo 66 de la presente resolución, no se evidencian de los alegatos presentados, aspectos que conlleven a este Órgano Rector revocar dicho acto. ii. En cuanto a la solicitud de nulidad de este procedimiento, está Dirección General DECLARA que ha satisfecho este pedimento ya que de manera previa a raíz de una solicitud de investigación contra el procedimiento de referencia, se emitió la Resolución Núm. RIC-178-2022 de fecha 7 de diciembre de 2022, anuló dicho procedimiento, tras GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICA A HACIENDA DIRECCIÓ GENERALDECO TRATACIO sp' B ICAS !>edro A. Llub.!tesesq. M.1nuel Roddgut't Ob¡lo, Gas ue 5.tmo l>ot11J11 •o Repi.tbll .1 Uomlnlc.1na D;rección Gc,.,c,,.,J. Col,tn,tlld<>ACIS PubtJcos haber evidenciado irregularidades graves en el marco del mismo, y haber constatado violaciones a la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, al Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 543-12 y al debido proceso administrativo consagrado en la Ley Núm. 107- 13, conforme fue indicado en el párrafo 67 de la presente resolución, la cual ha sido notificada a las partes involucradas y se encuentra publicada en el portal web de la Dirección General de Contrataciones Públicas accediendo a www.dgcp.gob.do sección sobre nosotros. Resoluciones de investigaciones y reclamos. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social Constructora Yunes, S.R.L., al Ayuntamiento del Municipio de Higüey y al Ayuntamiento Municipal Verón – Punta Cana, y la razón social Consorcio Iluminación Solar La Altagracia, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Se determinó que no tiene mérito el alegato relativo a la descalificación de la oferta técnica de la recurrente por presuntos aspectos no especificados en el pliego de condiciones y de naturaleza subsanable, toda vez que, esta Dirección General ha constatado que la oferta técnica de la razón social Devialsa, Desarrollo Vial, S.R.L., no se ajustó a lo solicitado en dicho pliego, al verificarse que omitió datos en…
Proceso: INDRHI-CCC-CP-2021-0002 (CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE AGUA POTABLE EN EL CENTRO POBLADO DEL…)
Empresas: Devialsa (presentó la acción)Conproina, SRLConsorcio IacoConsorcio Provectus y Consorcio IacoConstructora de Proyectos Sarih, SRLConstructora Yunes, SRLy 9 más
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, recurso jerárquico presentado por la razón social Devialsa, Desarrollo Vial, S.R.L., contra la Resolución Núm. 04-2021 de fecha 28 de junio de 2021, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. INDRHI-CCC-CP-2021-0002, llevado a cabo para la “Construcción Sistema de Agua Potable en el Centro Poblado del Proyecto Montegrande, Provincia Azua”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios y obras. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Devialsa, Desarrollo Vial, S.R.L.: i. Se RECHAZA el pedimento de anular y revocar (i) el acto administrativo identificado como el Núm. 28/2021 de fecha 31 de mayo de 2021, consiste en la declaratoria de desierto del procedimiento objeto del presente recurso, y (ii) la resolución Núm. 04-2021 de fecha 28 de junio de 2021, que da respuesta al recurso de impugnación, toda vez de no constatarse aspectos que conlleven la invalidez de los actos administrativos referidos, tal y como se expresó en el párrafo 51 de la presente resolución. ii. De igual forma, se RECHAZA el pedimento de habilitar a la recurrente para que proceda con la aclaración de su propuesta técnica y aperturar su propuesta económica “Sobre B” en el procedimiento por Comparación de precios referencia INDRHI-CCC-CP-2021-0002, ya que para requerir aclaración de una oferta y realizar una evaluación de la misma, se debe hacer una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan del ámbito de competencia de este Órgano Rector, como se verifica en lo establecido en el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y como se refirió en el párrafo 52 y 53 de la presente resolución. iii. De manera similar, se RECHAZA el pedimento relativo a continuar con el procedimiento de contratación para conocer la propuesta económica (Sobre B) presentada por la recurrente, por lo indicado en el párrafo anterior, ya que implicaría ser una labor técnica y ponderación de aspectos el analizar documentación presentada por los participantes dentro del marco de un procedimiento, escapa del ámbito de competencia de este Órgano Rector, y tal como se refirió en el párrafo 54 de la presente resolución. TERCERO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) promover e instruir a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y a la unidad de compras de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones que instituye el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) para su correcta aplicación; y a que participen en el taller de “Reforzamiento en Gestión de Procesos y Administración de Contratos”, impartido por esta Dirección General, con la finalidad de refrescar el uso del Portal Transaccional en lo relativo a la gestión completa del procedimiento de contratación y la administración de contratos. Así como también promover formaciones y actualizaciones periódicas sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formaciones. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de esta resolución a las partes, la institución contratante INDRHI, la razón social Devialsa, Desarrollo Vial, S.R.L., en calidad de recurrente, y a la razón social Edinsa, S.R.L., Corporación Internacional de Proyectos (COINPRO), S.R.L., Ingeniería Losung, S.R.L., Constructora de Proyectos Sarih, S.R.L., Raas, S.R.L., Ingeniería Civil y Ambiental, S.R.L., Conproina, S.R.L., Constructora Yunes, S.R.L., Gramma Constructora, S.R.L., Ingeniería Estrella, S.A., Abi-Karran Morilla, Ingenieros Arquitectos, S.R.L., Ing. Víctor Ungría Mejia Familia, y las sociedades Consorcio Provectus y Consorcio Iaco – Excala, en sus calidades como oferentes participantes en el procedimiento de que se trata, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General en www.dgcp.gob.do.
Se determinó que no tiene mérito el alegato relativo a la descalificación de la oferta técnica de la recurrente por presuntos aspectos especificados en el pliego de condiciones de naturaleza subsanable, toda vez que, esta Dirección General ha constatado que la oferta técnica de la razón social Devialsa, Desarrollo Vial, S.R.L., no se ajustó a lo solicitado en dicho pliego, al verificarse que omitió datos en suponía…
Procesos: INDRHI-CCC-CP-2021-0002 (CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE AGUA POTABLE EN EL CENTRO POBLADO DEL…)INDRHI-CCC-CP-2021-0003 (CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE ALCATARRILLADO SANITARIO Y PLUVIAL EN EL…)
Empresas: Devialsa (presentó la acción)Brea Peña Construcciones, SRLConproina, SRLConsorcio IacoConsorcio Precon Abreu MedinaConsorcio Provectusy 12 más
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, recurso jerárquico presentado por la razón social Devialsa, Desarrollo Vial, S.R.L., contra la Resolución Núm. 04-2021 de fecha 28 de junio de 2021, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. INDRHI-CCC-CP-2021-0003, llevado a cabo para la “Construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial en el Centro Poblado del Proyecto Montegrande, Provincia Azua”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios y obras. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Devialsa, Desarrollo Vial, S.R.L.: i. Se RECHAZA el pedimento de anular y revocar (i) el acto administrativo identificado como el Núm. 28/2021 de fecha 31 de mayo de 2021, consiste en la declaratoria de desierto del procedimiento objeto del presente recurso, y (ii) la resolución Núm. 04-2021 de fecha 28 de junio de 2021, que da respuesta al recurso de impugnación, toda vez de no constatarse aspectos que conlleven la invalidez de los actos administrativos referidos, tal y como se expresó en el párrafo 51 de la presente resolución. ii. De igual forma, se RECHAZA el pedimento de habilitar a la recurrente para que proceda con la aclaración de su propuesta técnica y apertura de su propuesta económica “Sobre B” en el procedimiento por Comparación de precios referencia INDRHI-CCC-CP-2021-0003, ya que para requerir aclaración de una oferta y realizar una evaluación de la misma, se debe hacer una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan del ámbito de competencia de este Órgano Rector, como se verifica en lo establecido en el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y como se refirió en el párrafo 52 y 53 de la presente resolución. iii. De manera similar, se RECHAZA el pedimento relativo a continuar con el procedimiento de contratación para conocer la propuesta económica (Sobre B) presentada por la recurrente, por lo indicado en el párrafo anterior, ya que implicaría ser una labor técnica y ponderación de aspectos el analizar documentación presentada por los participantes dentro del marco de un procedimiento, escapa del ámbito de competencia de este Órgano Rector, y tal como se refirió en el párrafo 54 de la presente resolución. TERCERO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) promover e instruir a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y a la unidad de compras de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones que instituye el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) para su correcta aplicación; y a que participen en el taller de “Reforzamiento en Gestión de Procesos y Administración de Contratos”, impartido por esta Dirección General, con la finalidad de refrescar el uso del Portal Transaccional en lo relativo a la gestión completa del procedimiento de contratación y la administración de contratos. Así como también promover formaciones y actualizaciones periódicas sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formaciones. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de esta resolución a las partes, la institución contratante INDRHI, la razón social Devialsa, Desarrollo Vial, S.R.L., en calidad de recurrente, y a la razón social Edinsa, S.R.L., Corporación Internacional de Proyectos (COINPRO), S.R.L., Ingeniería Losung, S.R.L., Constructora de Proyectos Sarih, S.R.L., Raas, S.R.L., Ingeniería Civil y Ambiental, S.R.L., Conproina, S.R.L., Constructora Yunes, S.R.L., Gramma Constructora, S.R.L., Ingeniería Estrella, S.A., Brea Peña Construcciones, S.R.L., Tenedora Artesia, S.R.L., Abi-Karran Morilla, Ingenieros Arquitectos, S.R.L., Ing. Víctor Ungría Mejia Familia, y las sociedades Consorcio Provectus, Consorcio Iaco – Excala, y Consorcio Precon Abreu Medina, en sus calidades como oferentes participantes en el procedimiento de que se trata, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General en www.dgcp.gob.do.
Se acoge la solicitud de la recurrente en cuanto a la exclusión de la adjudicataria Alquicon Ingeniería y Servicios, S.R.L., una vez comprobado que el recurso de impugnación versa únicamente sobre los Lotes 26, 27 y 30, lo que, ante la naturaleza de las solicitudes de medida cautelar, y aunque no fue delimitado en el marco de la acción en cuestión, se advierte que se encuentra delimitada en mismo sentido, y que la…
Proceso: INVI-CCC-LPN-2021-0003 (CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS SOCIALES “DOMINICANA SE…)
Empresas: Constructora Yunes, SRL (presentó la acción)Alquicon Ingeniería y Servicios, SRL (adjudicataria del proceso)Al International Business Development, SRLConstructora Cáceres Madera, S.R.L.Constructora Desman, SRLConstructora Marli, S.R.L.y 15 más
PRIMERO: ACOGER la solicitud de exclusión planteada por la razón social Constructora Yunes, S.R.L., la cual se hace extensiva a los demás adjudicatarios de la Licitación Pública Nacional Núm. INVI-CCC-LPN-2021-0003, con excepción de los lotes 26, 27 y 30, a saber: i) Ingeniería Filoyen, S.R.L., ii) Constructora Mejía Draiby, S.R.L. y; iii) Constructora Tradero, S.R.L. (TRADECO). SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora Yunes, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora Yunes, S.R.L., tendente a suspender los efectos de la adjudicación, suscripción y ejecución de los contratos de los lotes 26, 27 y 30 del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INVI-CCC-LPN-2021-0003, llevado a cabo por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) – actualmente, Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) - para la “Construcción y mejoramiento de viviendas sociales Dominicana se Reconstruye II”, hasta tanto se dé respuesta a su recurso de impugnación, debido a que a pesar de ser constatado la existencia de la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris”, no ha sido probado el peligro en la demora “periculum in mora” y el daño que ocasionaría al interés general si no se suspendiera el procedimiento, o que solo se garantizaría de así hacerlo. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, al Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), al Ing. Edgar Rinaldo Messina Mercado y a las razones sociales: i) Constructora Yunes, S.R.L., ii) Gattas & Asociados, S.R.L., iii) Alquicon Ingeniería y Servicios, S.R.L., iv) A.I. International Business Development, S.R.L., v) Ingeniería Filoyen, S.R.L., vi) Ingenieros Constructores Santana & Moreta Rivas, S.R.L. (INCOSA&MOR); vii) Metal-ACD, S.R.L.; viii) Inconrod, S.R.L.; ix) Constructora Marli, S.R.L.; x) Constructora Mejía Draiby, S.R.L.; xi) Henry Veloz Civil Group, S.R.L.; xii) Grupo Ingeniarq, S.R.L.; xiii) Constructora Cáceres Madera, S.R.L.; xiv) Proyectos Civiles y Electromecánicos S.R.L., (PROCELCA); xv) Rodela Construcciones (RODECO), S.R.L.; xvi) Nuespi Ingenería, S.R.L.; xvii) Ingeniería Losung, S.R.L.; xviii) Constructora Tradeco, S.R.L., y; xix) Constructora Desmán, S.R.L., para su conocimiento y los fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
En cuanto a la forma, ACOGER el recurso jerárquico presentado por la razón social Structura Antillana, S.R.L., contra la Resolución Núm. 5-2017 de fecha 12 de junio de 2017, dictada por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud Pública (MSP) en respuesta al recurso de impugnación dicha razón social contra la Comparación de Precios Núm. MISPAS-CCC-CP-05-2017 llevada a cabo por dicho órgano para…
Procesos: MISPAS-CCC-CP-05-2017MISPAS-CCC-CP-08-2017
Empresas: Structura Antillana,SRL (presentó la acción)Constructora Yunes, SRL
PRIMERO: En cuanto a la forma, ACOGER el recurso jerárquico presentado por la razón social Structura Antillana, S.R.L., contra la Resolución Núm. 5-2017 de fecha 12 de junio de 2017, dictada por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud Pública (MSP) en respuesta al recurso de impugnación dicha razón social contra la Comparación de Precios Núm. MISPAS- CCC-CP-05-2017 llevada a cabo por dicho órgano para la “remodelación construcción y readecuación de edificio DIGEMAPS, salón conferencia, baños públicos, lobby central en el primer nivel y áreas exteriores de la sede MISPAS y reparación y remozamiento al centro de respuestas a urgencias médicas 9-1-1 de Santiago de los Caballeros”, por haber sido interpuesta con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Structura Antillana, S.R.L.: i. Por una parte, RECHAZAR las conclusiones relativas a anular el Acta Núm. 40-2017 de fecha 17 de mayo de 2017, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud Pública (MSP), pues se verifica que existía un imperativo legal de cancelar la comparación de precios de que se trata, debido a que la institución contratante no garantizó los fondos, aun cuando existía un procedimiento en curso, tal como se ha motivado en los párrafos 79 y 80 de esta Resolución; ii. Por otra parte, RECHAZAR las conclusiones relativas a adjudicar el procedimiento por Comparación de Precios Núm. MISPAS-CCC-CP-08-2017 a la razón social Structura Antillana, S.R.L., puesto que esta Dirección General de Contrataciones Públicas no se encuentra habilitada para adjudicar un procedimiento de selección llevado a cabo por una institución contratante, conforme fue descrito en los párrafos 58 y 59 de esta Resolución; iii. Por último, RECHAZAR las conclusiones relativas a que sancionar los miembros del Comité de Compra y Contrataciones el Ministerio de Salud Pública (MPS), ya que escapa de las competencias de este Órgano Rector, de acuerdo a lo detallado en el párrafo 71 de esta Resolución. TERCERO: RECOMENDAR al Ministro de Salud Pública, que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones de dicho Ministerio a participar en talleres de capacitación sobre el Clasificador Estándar de Productos y Servicios de las Naciones Unidas, a ser impartido por el Departamento de Registro de Proveedores de la Dirección General de Contrataciones Públicas, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones; así como también ordene participar en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública Núm. 247- República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do 12 y la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. CUARTO: REMITIR formalmente esta Resolución a las razones sociales Structura Antillana, S.R.L. y Constructora Yunes, S.R.L., y al Ministerio de Salud Pública (MSP), para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Contraloría General de la República Dominicana y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por esta Dirección General, en www.comprasdominicana.gob.do y en www.dgcp.gob.do.
Resolución No. 30/2017, que: PRIMERO: ACOGE el desistimiento del recurso jerárquico presentado por la razón social EDINSA, S.R.L., contra la Resolución No. 06/2016 de fecha 18 de octubre de 2016, emitida por el MOPC en respuesta a la impugnación presentada por dicha razón social., contra el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MOPC-CCC-LPN-004-2016, llevado a cabo por el MOPC para la ‘‘construcción del…
Proceso: MOPC-CCC-LPN-004-2016
Empresas: EDINSA, S.R.L. (presentó la acción)Constructora Yunes, SRL(EDINSA) Eladio Duran Investments, SRL
PRIMERO: ACOGER el desistimiento del recurso jerárquico presentado por la razón social EDINSA, S.R.L., contra la Resolución No. 06/2016 de fecha 18 de octubre de 2016, emitida por el MOPC en respuesta a la impugnación presentada por dicha razón social., contra el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MOPC-CCC-LPN-004-2016, llevado a cabo por el MOPC para la "construcción del Centro Integral para la Discapacidad (CAID), Santo Domingo Este", y ORDENAR el archivo definitivo del expediente administrativo iniciado a tales fines. [firma] www.comprasdominicana.gob.do | www.dgcp.gob.do SEGUNDO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución al MOPC, para su conocimiento y fines de lugar. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las razones sociales EDINSA, S.R.L. y Constructora Yunes, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar.
Resolución No. 69-2016 que ANULAR el procedimiento por Comparación de Precios No. MISPAS-CCC-CP-05-2016, llevado a cabo para la “remodelación general del edificio de cinco niveles de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS)”, por las irregularidades descritas en los literales a), b) y c) del presente ordinal y de conformidad con los artículos 14 párrafo I de la Ley 107-13,…
Proceso: MISPAS-CCC-CP-05-2016
Empresas: Armadura Sofía, SRLArtiex, SRLB y D Soluciones & Servicios, S.R.LB y D Soluciones y Servicios, S.R.L.Consorcio Solsanit, SRLConstrucciones Hidráulicas Dominicanas, S.R.Ly 8 más
Lo que decide sale del resumen de la DGCP: el documento no tiene texto legible.
Resolución No. 38 d/f 24-07-2013, que declara que el Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. ME-LPN-08-2011-GD realizado por el Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) para la “Construcción, Ampliación y Reparación Mayor de 54 Planteles Escolares”, no cumplió con las disposiciones legales de la Ley No. 340-06, sobre compras y contrataciones públicas, con sus modificaciones a través de…
Procesos: ME-LPN-08-2011ME-LPN-08-2011-GD
Empresas: González Ingenieria Sanitaria y Construcciones, SRL (presentó la acción)CONSORCIO DAILEYConsorcio Madison-Laugama y Marvar & Asociados, S.R.L.Consorcio Solsanit, SRLConstructora Yunes, SRLGOISACO. VISTAy 2 más
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma el presente Recurso Jerárquico interpuesto por la razón social González Ingeniería Sanitaria y Construcciones SRL (GOISACO), en contra de la Resolución No. 95, de fecha veintisiete (27) de agosto de dos mil doce (2012), emitida por el Ministerio de Educación con relación al proceso de Licitación Pública Nacional No. ME-LPN- 08-2011 para la "Construcción, Ampliación y Reparación Mayor de 54 Planteles Escolares," por haber sido interpuesto de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 340-06, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y ( Page 44 of 46 C7• ' coÑimACIONES .J POBLICAS www.comprasdominicana.gov.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS concesiones, modificada por la Ley No. 449-06 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12. SEGUNDO: En cuanto al fondo, DECLARAR, corno al efecto DECLARA que el Ministerio de Educación en el procedimiento de Licitación Pública Nacional referencia No. ME-LPN-08-2011 llevado a cabo por esa entidad para la "Construcción, Ampliación y Reparación Mayor de 54 Planteles Escolares"; no cumplió con las disposiciones del numeral 9 del artículo 3, artículos 18, 23 y párrafo II del artículo 26, de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones contenidas en la Ley No. 449-06, así corno también las disposiciones del párrafo I del artículo No. 38 y de los artículos Nos. 44, 54, 80 y 91 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490-07 y además las disposiciones de la Resolución No. 20/10, de fecha dieciséis (16) de noviembre de dos mil diez (2010), emitida por este Órgano Rector, que aprueba los Manuales de Procedimientos. TERCERO: RECOMENDAR corno al efecto RECOMIENDA al Ministerio de Educación (MINERD) avocarse a dar cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en el artículo 65 de la Ley No. 340-06, con sus modificaciones, así corno también las disposiciones de la Resolución No. 6/2009. CUARTO: ORDENAR corno al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Ministerio de Educación, a la Contraloría General de la /a Page 45 of 46 <1•) CONfRmCIO PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do I www.dgcp.goh.do República Dommicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAl DE CONTRATACIONES PÚBllCAS República y a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente Resolución a la razón social González Ingeniería Sanitaria y Construcciones SRL (GOISACO), Ingenieros Constructores Santana & Moreta Rivas, S.R.L. (INCOSA&MOR), Constructora Yunes, S.R.L., Consorcio Solsanit, S.R.L., ITRANS, S.R.L., Consorcio Madison-Laugama y Marvar & Asociados, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: La presente Resolución podrá ser apelada ante el Tribunal Superior Administrativo, en un plazo de treinta (30) días en virtud de la Ley No. 13-07 de fecha del cinco (5) de febrero de dos mil siete (2007).
Recurso de Apelación interpuesto por la razón social Constructora Yunes, S.R.L., en contra de la Licitación Pública Nacional No. ME-LPN-04-2012-GD' para la construcción, ampliación y reparación mayor de 42 planteles escolares', realizada por el Ministerio de Educación (MINERD).
Proceso: ME-LPN-04-2012-GD
Empresas: Constructora Yunes, SRL (presentó la acción)IDC Construcción, SRL
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, el desistimiento realizado por la parte recurrente, razón social Constructora Yunes S.R.L., con relación al Recurso de Apelación interpuesto por la misma en fecha cuatro (4) de septiembre del año dos mil doce (2012), en contra de la Licitación Pública Nacional No. No. ME-LPN-04-2012-GD, para la construcción, ampliación y reparación mayor de 42 planteles escolares, realizada por el Ministerio de Educación. SEGUNDO: ORDENAR, como al efecto ORDENA, el archivo definitivo del presente expediente. Dlreccl61 leneral CONTRATACIONES PGBUCAS 5 : _ -·: 0 - _ - ~~~~Pedr~A Lr~~~res, -1':..sJf ·:--~ - --_ = - -_ ·._ :, :_·_ · • www.colDJ)rasdQlJlÍnicana.~v.do I www.dgcp.gob.do. - · =-• _ - - • ~:;._.z-- - :- - - - - - -~ : =--- - - -- - - - - -: --::: ~ - - -_ - - - República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBllCIS AÑO DEL FORTALECIMIENTO DEL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO TERCERO: ORDENAR corno al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la razón social Constructora Yunes S.R.L., representada por su gerente señor Ricardo Yunez y a su abogada constituida y apoderada doctora Laura Acosta Lora. CUARTO: ORDENAR corno al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Ministerio de Educación (MINERD), Contraloría General de la República y Cámara de Cuentas de la Republica para los fines correspondientes.