La notificación, fechada el 6 de mayo de 2026, comunica a Comercializadora Juvianny, SRL la adjudicación dispuesta en un acta del 23 de abril de 2026; no indica el lote ni el monto adjudicado. Le requiere presentar la garantía de fiel cumplimiento en cinco días hábiles, con una tasa del 4% o del 1% si corresponde la condición MIPYME. También cita la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26 para el proceso convocado en 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La notificación fecha el acta de adjudicación el 23/04/2026, mientras que el portal registra dos contratos de Comercializadora Juvianny por RD$86,340,603 y RD$98,342,262, ambos confirmados y enviados el 21/04/2026. La secuencia merece verificarse con los contratos y sus fechas de formalización; la fecha del registro del portal podría no equivaler a la de suscripción.
“Acta Administrativa de Adjudicación de fecha 23 de abril, 2026”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El proceso fue convocado el 19/11/2025 y, conforme al régimen temporal indicado para este expediente, continúa bajo la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23. Sin embargo, la notificación invoca la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26 y remite a un artículo de la Ley 47-25 para impugnar, lo que merece verificar porque puede afectar la información sobre las vías y plazos aplicables.
“Por medio de la presente, en cumplimiento de la Ley […], su Reglamento de Aplicación […], y la Ley […], se les notifica el contenido del Acta Administrativa de Adjudicación de fecha 23 de abril, 2026… conforme al artículo 208 de la Ley…”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 77 · Reglamento 416-23, art. 215 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 77
ART. 77. Los procesos contractuales iniciados antes de la vigencia de esta ley, así como la celebración y ejecución de los contratos consiguientes, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones, liquidación y solución de controversias.
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
La notificación fija una vigencia de un año desde la expedición de la póliza. El Reglamento 416-23 establece que la garantía de fiel cumplimiento se mantiene hasta la liquidación del contrato; conviene comprobar que el plazo señalado cubra efectivamente ese período.
“con una vigencia de un (01) año, contado a partir de la fecha de expedición de la Póliza”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
Comercializadora Juvianny, SRLLa notificación comunica la adjudicación dispuesta por el acta administrativa de adjudicación del 23 de abril de 2026; no especifica lote ni monto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona