Aviso de impugnación admite que la publicación inicie el plazo
· hace 10 meses
El acta indica que los diez días hábiles para impugnar corren desde la notificación o publicación del acto. El artículo 215 del Reglamento 416-23 vincula el inicio del plazo a la notificación del acto íntegro con indicación de las vías y plazos, o a la fecha en que razonablemente el interesado debió conocer el hecho; conviene verificar que el aviso no genere incertidumbre sobre el cómputo.
“en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación o publicación del Acto Administrativo que se presume desfavorable, conforme lo establece el artículo Núm. 215 del reglamento Núm. 416-23 de aplicación para ”
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Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
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