El Acta núm. 0358-2026, de 2026-08-07, aprueba las evaluaciones económicas y adjudica 55 grupos referenciales a 55 oferentes para el suministro de raciones escolares en Barahona durante los períodos 2026-2027 y 2027-2028. Fija el total adjudicado en RD$1,904,656,989.98, con precio único de RD$93.73 por ración; aprueba también la habilitación económica de 15 oferentes por vía extraordinaria y admite dos asignaciones con distancias superiores a 35 km, dentro del máximo excepcional de 50 km.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control de trazabilidad entre el importe registrado electrónicamente y el formulario presentado.; Reduce el monto de la cobertura exigida para mantener la oferta, aunque limita la tolerancia a RD$1,000.; Difiere al momento de la firma controles de identificación del proceso y autenticación documental..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acta adjudica RD$26,674,818.04 a Grupo Famat en un procedimiento dirigido exclusivamente a MIPYMES. El RPE consultado el 2026-10-12 indica que la empresa no figura como MIPYME y la DGII consultada ese día registra actividad de purificación de agua; esos datos posteriores no prueban su condición al ofertar, por lo que corresponde verificar la certificación y elegibilidad vigentes en la fecha del proceso.
“DIRIGIDO A MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES), QUE PRESENTEN COCINAS INSTALADAS EN LA PROVINCIA BARAHONA. GRUTOFAMATSRL 1-33-42990- G-27 140,200 RDS13,140.581.48 144,400 RDSl3,534,236.56 ' RDS26,674,818.04”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 159 · Reglamento 416-23, art. 157 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 159 — Participación
Artículo 159. Participación. En los procedimientos dirigidos MIPYMES solamente podrán participar aquellas que se encuentren certificadas como MIPYMES por el Ministerio de Industria y Comercio y por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) e inscritas bajo tal condición en el Registro de Proveedores del Estado. Párrafo I. Las MIPYMES en general, MIPYMES mujeres y MIPYMES industriales, además de participar en los procedimientos dirigidos exclusivamente a éstas, podrán a su vez presentar ofertas en los demás procedimientos de selección previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento, para ampliar sus oportunidades de participación y…
Artículo 157. Convocatoria. Las instituciones contratantes al momento de realizar las convocatorias para la compra y contratación de bienes, servicios y obras deberán indicar expresamente que se trata de un procedimiento de selección dirigido exclusivamente para MIPYMES e indicar, según corresponda, si se trata de MIPYMES en general, de MIPYMES mujeres o de MIPYMES de fabricación o producción industrial.
Evaluación económica, criterio excepcional 1Discrepancias entre el SECP y el formulario económico
El acta refiere que prevalecía la información digitada en el portal y que el formulario económico y la garantía eran no subsanables.
Si se detecta error de digitación en el SECP, se acepta el formulario económico firmado y sellado cuando sus datos sean correctos.
RelajaQuita un control: Debilita el control de trazabilidad entre el importe registrado electrónicamente y el formulario presentado.
Evaluación económica, criterio excepcional 3Insuficiencia en la garantía de seriedad
La garantía debía cubrir el 1 % del valor total de la oferta; el acta indica que la insuficiencia implicaba descalificación.
Se admiten diferencias faltantes de hasta RD$1,000 respecto del 1 %, previa evaluación documentada.
RelajaQuita un control: Reduce el monto de la cobertura exigida para mantener la oferta, aunque limita la tolerancia a RD$1,000.
Evaluación económica, criterio excepcional 5Omisiones formales en formularios
El acta refiere que el formulario económico y la garantía eran no subsanables y que su insuficiencia podía implicar descalificación.
Se admite omitir el código de referencia; la firma o sello faltantes en documentos completados pueden aportarse al firmar el contrato, sin cambiar el contenido.
RelajaQuita un control: Difiere al momento de la firma controles de identificación del proceso y autenticación documental.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona