El pliego enmendado del proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0068 establece las condiciones para contratar el suministro y distribución de almuerzos escolares en Barahona durante los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028, dirigido a MIPYMES con cocinas instaladas en la provincia. Fija un presupuesto base de RD$1,904,656,989.98 y un precio estándar de RD$93.73 por ración con ITBIS incluido. El documento identifica enero de 2026, sin día específico, y prevé 24 meses de servicio, aunque también establece una vigencia contractual de 30 meses.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija 24 meses para la ejecución del servicio, pero también una vigencia contractual de 30 meses. La diferencia puede abarcar obligaciones adicionales o extender el período aplicable; conviene precisar qué prestaciones y pagos comprende el plazo adicional.
“El tiempo de ejecución del Servicio es de veinte y cuatro (24) meses, correspondiente a los años escolares lectivos 2026-2027 y 2027-2028, serán contados a partir de la certificación del Contrato suscrito entre Las Partes por la Contraloría”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Una cláusula establece que la póliza debe cubrir la totalidad del avance inicial; otra describe la póliza como equivalente al 100 % del monto adjudicado. Como el anticipo previsto es del 20 % del contrato, la diferencia puede modificar sustancialmente el monto de la garantía exigida y debe aclararse.
“El pago por este concepto se hará en un plazo no mayor de 45 a 60 días hábiles a partir de la firma y registro satisfactorio del contrato en el Sistema Electrónico de Registro de Contratos (SERC) de la Contraloría General de la República y ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 204 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 204 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 204. Monto de la garantía de buen uso de anticipo. Siempre que el adjudicatario haya recibido el anticipo, estará obligado a presentar la garantía de buen uso del anticipo por el total del monto que reciba como pago adelantado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona