El Acta núm. 0001-2026, de 2026-01-06, aprueba la primera enmienda al pliego de 34 licitaciones del INABIE, incluida la referencia INABIE-CCC-LPN-2025-0068 de Barahona. Entre otros cambios, reduce el servicio de 30 a 24 meses, modifica requisitos y puntajes de capacidad instalada, actualiza la evaluación BPM y sustituye el método de asignación de raciones y el desempate; también reduce la vigencia contractual de 36 a 30 meses.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se deja de establecer una prevalencia inequívoca entre versiones de la oferta en caso de discrepancia; la regla de prevalecer lo verificable al abrir no especifica cómo resolverla ni fija cuál soporte constituye la versión auténtica.; Se eliminan verificaciones documentales de prestación previa del servicio de alimentación, inversión en equipos y movimientos financieros recientes.; Se introduce un mínimo de flota menor al requisito detallado de cinco fotografías de vehículos y se vincula la cantidad exigida a la capacidad instalada.; Disminuye de dos a uno el mínimo de equipos de congelación y refrigeración, reduciendo el control sobre la capacidad instalada mínima en esos rubros.; La coordinación previa reduce el carácter sorpresivo de la inspección inicial; se mantiene una verifi
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda permite ajustar, subdividir o reconfigurar los grupos referenciales durante el ejercicio de distribución. Aunque exige respetar la prelación técnica, la capacidad verificada y la disponibilidad, los cambios en la composición de los grupos pueden alterar qué raciones y centros resultan asignables a cada oferente; conviene verificar que cada ajuste se documente y aplique uniformemente.
“En consecuencia, y a los fines de garantizar una asignación técnica, equitativa y operativamente viable de las raciones, el INABIE podrá ajustar, subdividir o reconfígurar los grupos referenciales durante el ejercicio de distribución, inclu”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (13)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 6 — tiempo de ejecuciónDuración del servicio
Treinta (30) meses para los años escolares 2026-2027 y 2027-2028.
Veinticuatro (24) meses para los años escolares 2026-2027 y 2027-2028.
Neutral
Numeral 9.1 — presentación de ofertasPresentación excepcional en USB y respaldo impreso
La recepción física en formato digital se permitía ante una falla del SECP demostrada con captura de pantalla y corroborada por la DGCP; no se preveía un respaldo impreso ni una regla de discrepancia entre USB y copia impresa.
Se admite excepcionalmente la entrega en USB y de un respaldo impreso; se aceptan capturas u otros medios probatorios idóneos, sujetos a verificación de la DGCP. Si hay discrepancia, prevalece la información verificable al abrir.
RelajaQuita un control: Se deja de establecer una prevalencia inequívoca entre versiones de la oferta en caso de discrepancia; la regla de prevalecer lo verificable al abrir no especifica cómo resolverla ni fija cuál soporte constituye la versión auténtica.
Numeral 11.6 — información de la cocinaGeolocalización declarada
Se exigía indicar la geolocalización UTM de la cocina.
Se exige indicar longitud y latitud de la cocina.
Aclara
Numeral 11.6 — documentación financieraSoportes de actividad e inversión
Se requerían tres facturas a clientes comerciales finales del último año, evidencia de inversión inicial en equipos para cocinas nuevas y movimientos de cuenta de los últimos seis meses.
La lista financiera modificada mantiene declaraciones fiscales y evidencia de disponibilidad de crédito, pero no incluye esos tres soportes.
RelajaQuita un control: Se eliminan verificaciones documentales de prestación previa del servicio de alimentación, inversión en equipos y movimientos financieros recientes.
Numeral 11.6 — capacidad logísticaCantidad mínima de vehículos
Se requería acreditar los vehículos disponibles, sin indicarse en este texto un mínimo numérico.
Se establece un mínimo de uno o dos vehículos, según la capacidad instalada.
RelajaQuita un control: Se introduce un mínimo de flota menor al requisito detallado de cinco fotografías de vehículos y se vincula la cantidad exigida a la capacidad instalada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La lista técnica anterior no incluía la certificación NORDOM 646 como requisito documental.
Se incorpora la certificación NORDOM 646 sobre buenas prácticas de higiene; se indica que es subsanable y que debe renovarse antes de la firma contractual si está vencida.
Endurece
Numeral 12.1.5 — capacidad instalada mínimaEquipos mínimos y puntuación
Se exigían, entre otros, dos congeladores y dos refrigeradores, con 34 puntos totales en la tabla de capacidad instalada.
La tabla fija un congelador y un refrigerador como cantidades mínimas, modifica puntuaciones de varios equipos y consigna 37 puntos totales.
RelajaQuita un control: Disminuye de dos a uno el mínimo de equipos de congelación y refrigeración, reduciendo el control sobre la capacidad instalada mínima en esos rubros.
Numeral 12.1.6 — equipos adicionalesPuntuación por equipos adicionales
Los equipos instalados adicionales podían sumar hasta 12 puntos.
La puntuación máxima por equipos instalados adicionales aumenta a 13 puntos y cambia la cantidad evaluable de hornillas.
Neutral
Numeral 12.1.7 — equipos opcionalesPuntaje opcional y certificación
Los equipos opcionales y la certificación NORDOM 646 podían sumar hasta 9 puntos.
Los equipos opcionales suman hasta 5 puntos; NORDOM 646 deja de figurar como equipo opcional y se incorpora en la documentación técnica como certificación subsanable.
Neutral
Numeral 12.1.8 — evaluación BPM e inspeccionesEvaluación diferenciada e inspección de cocinas sin operación
Se incluía una matriz BPM general y las inspecciones técnicas se describían como sorpresivas, sin coordinación previa.
Se incorporan formularios diferenciados para cocinas en operación y cocinas nuevas; las inspecciones previas se coordinan con el representante horas antes. Para cocinas aún no operativas o con plan de mejora se prevé inspección obligatoria dentro del primer mes de servicio.
RelajaQuita un control: La coordinación previa reduce el carácter sorpresivo de la inspección inicial; se mantiene una verificación posterior para las cocinas no operativas o sujetas a plan de mejora.
Numeral 12.3 — asignación de racionesPrelación, composición de grupos y distancia
La asignación consideraba puntuación, centros, beneficiarios y distancia; los grupos se referenciaban hasta 50 km, con posible ampliación excepcional a 75 km.
La prelación se ordena por puntuación técnica y capacidad adjudicable; los grupos pueden reorganizarse, subdividirse o reconfigurarse. El rango general pasa a 35 km y se permite excepcionalmente hasta 50 km.
Aclara
Sección II — desempateDesempate entre ofertas
En empate se priorizaba un plan empresarial de responsabilidad ambiental; si no se presentaba, se recurría al azar.
En empate tanto en puntuación técnica como en rango de distancia se dispone directamente una selección al azar.
Relaja
Sección III — vigencia contractualDuración del contrato
Treinta y seis (36) meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.
Treinta (30) meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.