El Acta núm. 0339-2026, de 5 de agosto de 2026, aprueba las evaluaciones económicas ordinarias y extraordinarias y adjudica el suministro de raciones escolares para Hermanas Mirabal durante los períodos 2026-2027 y 2027-2028. La resolución detalla asignaciones por un total declarado de RD$676,400,653.03 y señala que CHIANGLABERT quedó habilitada extraordinariamente, pero sin asignación de raciones.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta dispone criterios para evaluar las ofertas económicas el 5 de agosto, aunque registra que los informes económicos se emitieron el 16 y 17 de julio. La formalización posterior de tolerancias y reglas de evaluación merece comprobarse contra los criterios comunicados antes de recibir y abrir las ofertas.
“este Comité dispone que la evaluación de las ofertas económicas se realice conforme a los criterios siguientes:”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la exigencia de cobertura económica de la garantía de seriedad de oferta.; Difiere la verificación de identificación del procedimiento y de firma o sello hasta la firma contractual.; Elimina la verificación técnica posterior de las condiciones de BPM para esas cocinas..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: CHIANGLABERT, SRL.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El acta adjudica a D' Bolkis Fast Food, SRL RD$36,647,413.40, pero la relación de contratos del portal suministrada no incluye un contrato para esa adjudicataria, aunque sí registra contratos activos para otros adjudicatarios. Puede tratarse de un registro pendiente; conviene verificar la formalización y publicación contractual.
“D BOLKIS FAST FOOD SRL”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
El acta confirma un precio unitario de RD$93.73 por ración. El contexto de precios del portal informa una mediana estimada de RD$53.94 para el mismo tipo de servicio; como son estimaciones de otros procesos, la diferencia es un dato para verificar comparabilidad de composición, alcance y período, no prueba por sí sola un sobreprecio.
“RD$79.43 (sin ITBIS), más ITBIS de RD$14.30, para un precio unitario final de RD$93.73 (ITBIS incluido), por ración alimentaria (almuerzo más frutas).”
JMS Industrial, SRLAdjudicación para suministro de raciones en Hermanas Mirabal.
Adjudicado
Provincia Hermanas Mirabal
RD$35,466,448
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
Considerando cuarto, numeral 3Tolerancia en el monto de la garantía de seriedad
El pliego exigía la garantía de seriedad conforme al monto establecido; el acta indica que su insuficiencia podía implicar descalificación.
Se admiten diferencias faltantes de hasta RD$1,000 respecto del 1% de la oferta, sin descalificación automática, sujeto a evaluación y motivación.
RelajaQuita un control: Reduce la exigencia de cobertura económica de la garantía de seriedad de oferta.
Considerando cuarto, numeral 4Vigencia de la garantía de seriedad
La garantía debía cubrir el período indicado en el pliego.
Se admiten garantías vigentes hasta la firma del contrato de adjudicación.
Aclara
Considerando cuarto, numeral 5Código de referencia y autenticación de formularios
El acta describe formularios y documentos del Sobre B como sujetos a requisitos formales y no subsanables.
Se aceptan formularios sin código de referencia y se permite completar firma o sello en documentos cargados, presentando el mismo documento al firmar el contrato.
RelajaQuita un control: Difiere la verificación de identificación del procedimiento y de firma o sello hasta la firma contractual.
Considerando segundo, literal iv y v; metodología, literal hCertificaciones sanitarias y de control de plagas pendientes
Las certificaciones sanitarias y de control de plagas se exigían para acreditar los requisitos correspondientes.
Se admite subsanar certificaciones en renovación u obtención, condicionando la entrega de los documentos definitivos a antes de la firma del contrato.
Relaja
Metodología de evaluación, literal hInspección posterior de cocinas sin operaciones
El numeral 12.1.8 incluía inspección técnica obligatoria posterior a la adjudicación para cocinas instaladas que no presentaran operaciones.
La Tercera Enmienda suprimió ese párrafo y dejó sin efecto la inspección posterior obligatoria.
RelajaQuita un control: Elimina la verificación técnica posterior de las condiciones de BPM para esas cocinas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona