El Acta núm. 0001-2026, de fecha 2026-01-06, aprueba la primera enmienda al pliego de los procesos INABIE-CCC-LPN-2025-0051 al 0084, incluido el 0058 de Hermanas Mirabal. Entre los cambios figuran ajustes a los plazos contractuales, requisitos de capacidad instalada, criterios de evaluación y reglas de asignación de raciones; el acta no adjudica ni identifica resultados por oferente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se sustituye la exigencia específica de captura de pantalla por una categoría más amplia de medios probatorios para acreditar la falla técnica; se mantiene la corroboración de la DGCP.; Se eliminan verificaciones documentales de ventas previas, inversión en equipos para cocinas nuevas y movimientos financieros recientes.; Se reduce el mínimo de unidades de refrigeración exigidas para verificar capacidad operativa; también se alteran las ponderaciones de equipos.; Se admite adjudicar pese al incumplimiento de mínimos de capacidad instalada o puntaje, y parte de la verificación de cocinas no operativas se realiza después del inicio del servicio.; La coordinación previa reduce el carácter sorpresivo de la inspección, que servía para contrastar las condiciones operativas existentes con
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 6 — Tiempo de ejecución del servicioDuración de la ejecución
Treinta (30) meses para los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028.
Veinticuatro (24) meses para esos períodos escolares.
Relaja
Numeral 9.1 — Presentación de ofertasRecepción excepcional en formato físico digital
Se admitían dos memorias USB únicamente si se demostraba la incidencia mediante captura de pantalla, corroborada por la DGCP.
Se admite excepcionalmente la recepción física digital, con respaldo impreso, ante incidencia probada mediante capturas u otros medios probatorios idóneos y corroborada por la DGCP.
RelajaQuita un control: Se sustituye la exigencia específica de captura de pantalla por una categoría más amplia de medios probatorios para acreditar la falla técnica; se mantiene la corroboración de la DGCP.
Se pedían, además de declaraciones fiscales y crédito comercial o bancario, tres facturas a clientes, evidencia de inversión inicial para cocinas nuevas y movimientos de cuentas financieras de los últimos seis meses.
La lista revisada conserva las declaraciones fiscales y la evidencia de crédito, pero omite las tres facturas, la evidencia de inversión inicial y los movimientos bancarios de seis meses.
RelajaQuita un control: Se eliminan verificaciones documentales de ventas previas, inversión en equipos para cocinas nuevas y movimientos financieros recientes.
Numeral 11.6.1 — Ubicación de la cocinaGeolocalización requerida
Se solicitaban coordenadas UTM de la cocina.
Se solicitan longitud y latitud de la cocina.
Aclara
Numeral 11.6.1 — VehículosCantidad mínima de vehículos
Se exigía acreditar los vehículos disponibles, sin una cantidad mínima expresada en este apartado.
Se indica un mínimo de uno o dos vehículos, según la capacidad instalada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Mínimos de refrigeración y ponderaciones de equipos
Se requerían dos congeladores y dos refrigeradores, o un cuarto frío de cada tipo; la evaluación de capacidad instalada sumaba 34 puntos.
Se requiere un congelador y un refrigerador, o un cuarto frío de cada tipo; la tabla revisada suma 37 puntos y redistribuye puntuaciones de varios equipos.
RelajaQuita un control: Se reduce el mínimo de unidades de refrigeración exigidas para verificar capacidad operativa; también se alteran las ponderaciones de equipos.
Numeral 12.1.6 — Equipos instalados adicionalesPuntuación extra por equipos
Los equipos adicionales podían sumar hasta 12 puntos; para hornillas se evaluaban hasta 12 adicionales.
El máximo pasa a 13 puntos y para hornillas se evalúan hasta ocho adicionales, con una puntuación por unidad distinta.
Neutral
Numeral 12.1.7 — Equipos opcionalesPuntuación de equipos opcionales
Los equipos opcionales y la certificación NORDOM 646 podían sumar hasta nueve puntos.
Los equipos opcionales pueden sumar hasta cinco puntos; la certificación NORDOM 646 deja de puntuar aquí y pasa a la documentación técnica requerida.
Neutral
Numeral 12.1.7 y notas de inspección — Capacidad mínimaExcepción a la descalificación por incumplir mínimos
La excepción se aplicaba si ningún oferente cumplía los requisitos mínimos de capacidad instalada y el puntaje mínimo.
Se permite considerar oferentes sin descalificarlos cuando nadie haya alcanzado los mínimos de capacidad instalada y/o el puntaje mínimo, con Plan de Mejora y supervisión; para cocinas no operativas o bajo Plan de Mejora se prevé inspección dentro del primer mes del servicio.
RelajaQuita un control: Se admite adjudicar pese al incumplimiento de mínimos de capacidad instalada o puntaje, y parte de la verificación de cocinas no operativas se realiza después del inicio del servicio.
Numeral 12.1.8 — Evaluación BPM e inspeccionesFormularios BPM y coordinación de visitas
Se presentaba una matriz de evaluación BPM y se indicaba que las inspecciones eran sorpresivas y grabadas.
Se separan formularios para cocinas en operación y cocinas nuevas; para la inspección los peritos se comunicarán con el representante autorizado horas antes y la visita será grabada.
RelajaQuita un control: La coordinación previa reduce el carácter sorpresivo de la inspección, que servía para contrastar las condiciones operativas existentes con las declaradas.
Numeral 12.3 — Criterio de adjudicación y asignaciónOrden, capacidad y configuración de grupos
La asignación consideraba puntuación técnica, centros, beneficiarios y distancia; contemplaba rangos de grupos hasta 50 km y una ampliación excepcional hasta 75 km.
Se determina la capacidad adjudicable según puntuación e inspección física, se ordenan los grupos por cantidad de raciones y se permite ajustarlos, subdividirlos o reconfigurarlos; el rango general es de 35 km y excepcionalmente puede llegar a 50 km.
NeutralQuita un control: La reconfiguración de grupos durante la asignación amplía la discreción sobre qué centros se agrupan y asignan, aunque se sujeta al orden técnico, capacidad, disponibilidad y distancia.
Numeral 12.3 — Cantidad mínima asignadaMínimo de raciones
La cantidad promedio mínima a adjudicar era de 450 raciones diarias.
La cantidad mínima a asignar es de 450 raciones alimentarias diarias.
Aclara
Sección II, numeral 8 — DesempateCriterio de desempate
En caso de empate se favorecía el plan empresarial de protección ambiental; si no había propuestas conformes, se realizaba sorteo.
Si dos o más oferentes empatan en puntuación técnica y rango de distancia, se decide mediante sorteo.
Relaja
Sección III, numeral 5 — Vigencia del contratoDuración de la vigencia contractual
Treinta y seis (36) meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.
Treinta (30) meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.