El acta notarial 214-2024, de fecha 2024-12-02, deja constancia de la apertura de las ofertas económicas (Sobres B) de 21 oferentes para la reconstrucción del camino de acceso a Playa Caleta. Registra los montos ofertados y las garantías de seriedad; al cierre no se formularon preguntas ni comentarios.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Este acta registra para FAGENCA RD$235,456,986.08, mientras que el acta de adjudicación del 2024-12-13 y el portal consignan cifras distintas (RD$235,458,361.32 y RD$235,458,261, respectivamente, según los datos aportados). La variación entre registros del monto ofertado amerita verificar cuál cifra se evaluó y quedó incorporada al expediente.
“Presenta formulario de oferta económica por un monto total incluyendo el ITBIS de Doscientos Treinta y Cinco Millones, Curocientos Cincuenta y Seis Mil Novecientos Ochenta y Seis Pesos Dominicanos con Ocho Centavos (RD$235,456,986.08).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
El acta consigna que la garantía de Skylark comienza el 12 de diciembre, diez días después de la apertura económica de este acto, del 2 de diciembre. El artículo 197 establece que la vigencia debe contarse desde la apertura de las ofertas técnicas; corresponde verificar la fecha de esa apertura y si la garantía cubrió el período requerido. El portal registra a Skylark como descalificada, por lo que este dato no acredita que afectara la adjudicación.
“Oferente Número Cinco (5): Skylark Investment, S.R.L., empresa debidamente constituida de acuerdo a las leyes de la República Dominicana, con Registro Nacional del Contribuyente Número uno, tres, cero, nueve, cero, cero, siete, tres, seis (”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Mencionado
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RD$227,948,938
Consorcio ISEFIR-SDOferta económica abierta; el acta no determina su habilitación ni adjudicación.
Mencionado
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RD$234,389,533
Consorcio Guzmán MorelOferta económica abierta; el acta no determina su habilitación ni adjudicación.