El Acto administrativo CEIZTUR-CCC-290-2024, fechado el 11 de octubre de 2024, enmienda los numerales 34, 39, 40 y 41 del pliego de la licitación para reconstruir el camino de acceso a Playa Caleta. Detalla requisitos para los análisis de costos, cambia la evaluación técnica y económica a «Cumple/No cumple» y fija la adjudicación al menor precio entre las ofertas que cumplan los demás criterios. También establece como referencia de experiencia similar RD$258,823,485.45.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige al menos tres obras similares cuyos montos sumados alcancen RD$258,823,485.45, cerca de RD$22.8 millones por encima del monto estimado del proceso en el portal (RD$235,996,241.83). La escala del requisito puede limitar la participación y merece comprobar su justificación y proporcionalidad respecto del objeto.
“Monto similar: Para fines de este proceso, se entiende por obras o proyectos con monto similar, aquellos proyectos que hayan sido ejecutados en su totalidad y que la suma total alcance o supere el monto del presupuesto base de RD$258,823,48”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La enmienda exige cotizaciones no subsanables para los insumos de todas las partidas presupuestadas, además del desglose de costos. Por la amplitud de la exigencia en una obra vial, conviene revisar si la carga documental es proporcional y cómo se aplica ante omisiones formales.
“Aunque se hace especial énfasis en las partidas principales, esto no exime a los oferentes de presentar cotizaciones para los insumos de todas las demás partidas del presupuesto. (No subsanable)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 34 — oferta económica, Sobre BAnálisis de costos y cotizaciones de insumos
El acto no reproduce íntegramente el requisito anterior; indica que modifica las especificaciones para presentar análisis de costos unitarios.
Exige análisis de costos de las partidas presupuestadas, desglose de insumos y cotizaciones para los insumos de todas las partidas; declara no subsanables el análisis y las cotizaciones.
Endurece
Numerales 36 y 39 — evaluación de oferta técnicaMetodología técnica y requisitos habilitantes
La metodología de evaluación técnica era «combinada».
Cambia a «Cumple/No cumple» y dispone que la documentación técnica requerida sea obligatoria para habilitar la apertura económica.
Endurece
Numeral 39 — experiencia del oferenteExperiencia en obras similares
El acto no reproduce el requisito previo de experiencia por monto.
Exige cinco años de experiencia, al menos tres obras similares concluidas y que los montos sumados alcancen RD$258,823,485.45.
Endurece
Numeral 40 — evaluación económicaMetodología y comprobación de precios
El acto indica que modifica la metodología económica, sin reproducir íntegramente la anterior.
Establece evaluación «Cumple/No cumple», con revisión de presupuestos, análisis de costos, cotizaciones, rendimientos, ITBIS y soporte contractual de subcontrataciones.
Endurece
Numeral 41 — criterio de adjudicaciónRegla para seleccionar la oferta
El acto indica que modifica el criterio anterior, pero no lo reproduce.
Establece adjudicación basada en el menor precio entre las ofertas que cumplan los demás criterios.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona