El acto administrativo CEIZTUR-CCC-313-2024, de fecha 2024-10-30, aprueba una enmienda al numeral 40 del pliego de la licitación CEIZTUR-CCC-LPN-2024-0009. Para los análisis de costos que incluyan subcontrataciones, exige una carta de compromiso firmada y sellada por el oferente y el subcontratista, que identifique los servicios o partidas subcontratados; no adjudica el proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El numeral 40 dispone que el impacto económico de las omisiones se calculará y se tomará en cuenta, pero no precisa el método ni el efecto de ese cálculo en la evaluación. La falta de una pauta concreta merece revisar si las omisiones se trataron de manera uniforme entre oferentes.
“En caso de omisión de algunos de los puntos antes mencionados, será calculado el impacto que estos generen en aspectos económicos y se tomará en cuenta al momento de ser considerada su oferta.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Numeral 40 — Metodología y criterios de evaluación de oferta económicaDocumentación de subcontrataciones en análisis de costos
El numeral 40 previo no exigía expresamente una carta de compromiso firmada por el oferente y el subcontratista que identificara las partidas subcontratadas.
Exige que la subcontratación cumpla el numeral 63 y que el precio se respalde con una carta de compromiso firmada y sellada por ambas partes, con los servicios o partidas identificados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona