El informe, fechado el 21 de mayo de 2024, evalúa ofertas técnicas para la referencia CEIZTUR-CCC-LPN-2024-0002, aunque se aporta como documento del proceso CEIZTUR-CCC-LPN-2024-0009, convocado el 26 de septiembre de 2024. Registra como “CUMPLE” a Proyectos Industriales y Constructora Santiago & Peña; los demás oferentes evaluados figuran como “NO CUMPLE” o “NO HABILITADO”. Además, deja fuera de la evaluación técnica a Project and Construction Services PCS, S.R.L., por tener una contratación activa con CEIZTUR.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento se identifica como CEIZTUR-CCC-LPN-2024-0002 y está fechado el 21 de mayo de 2024, mientras que el proceso indicado en el expediente es CEIZTUR-CCC-LPN-2024-0009, convocado el 26 de septiembre de 2024. La diferencia afecta la atribución de estas evaluaciones y sus resultados al proceso objeto de revisión; debe confirmarse si el archivo corresponde a otro procedimiento.
“21 de mayo del 2024 | INFORME DE EVALUACIÓN DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PROPUESTA "SOBRE A" … Referencia: | CEIZTUR-CCC-LPN-2024-0002”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 124 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
El informe dejó fuera de la evaluación técnica a Project and Construction Services PCS, S.R.L. porque tenía una contratación activa con CEIZTUR. La regla citada excluye a oferentes por esa circunstancia, aun cuando el informe no expone una evaluación individual de su capacidad para ejecutar este proyecto; conviene revisar la proporcionalidad de ese impedimento y su efecto sobre la participación.
“La entidad Project and Construction Services PCS, S.R.L., no ha podido ser considerado para fines de evaluación de la documentación técnica aportada el presente proceso, en virtud de lo dispuesto en la página 20, Sección II, acápite 2.2 Pro”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
EXYCO, S.R.L.No cumple experiencia del oferente y no presentó la plantilla de personal requerida.
No habilitado
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CONSORCIO PILAR ROMANANo cumple: la ficha técnica de la luminaria no corresponde a las características solicitadas.
No habilitado
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BAUMEISTER CONSTRUCTION, S.R.L.No cumple experiencia del oferente, experiencia y presentación del personal requerido, disponibilidad de equipos y documentación de materiales.
No habilitado
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CONSTRUCCIÓN Y TRANSPORTE DE PREFABRICADOS, EEC, S.R.L.No cumple el monto similar exigido para acreditar experiencia; también se consignan incumplimientos en equipos y materiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
MAGESTIC CONSTRUCTIONS, S.R.L.No cumple: la ficha técnica de la luminaria no corresponde a las características solicitadas.
No habilitado
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CONSORCIO GUZMÁN MORELNo cumple: la ficha técnica de la luminaria no corresponde a las características solicitadas.
No habilitado
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CONSTRUCTORA YUNES, S.R.L.No cumple: la ficha técnica de la luminaria no corresponde a las características solicitadas y no presentó ficha técnica del poste.
No habilitado
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ICONSTA INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA TAVERAS CASTILLO, S.R.L.No cumple el monto similar exigido para acreditar experiencia.
No habilitado
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INVERSIONES SEVILLA, E.I.R.L.No cumple: la ficha técnica de la luminaria no corresponde a las características solicitadas.
No habilitado
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MONTVAL INGENIERÍA, S.R.L.No cumple: la ficha técnica de la luminaria no corresponde a las características solicitadas.
PROJECT AND CONSTRUCTION SERVICES PCS, S.R.L.El informe indica que no fue considerada para evaluación por tener una contratación vigente y en ejecución activa con CEIZTUR.
No habilitado
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EQUIPOS CONSTRUCCIONES & ASFALTO TRYSE, S.R.L.No cumple experiencia del oferente y la ficha técnica de la luminaria; tampoco presentó ficha técnica del poste.