El Comité de Compras y Contrataciones aprobó los informes de evaluación económica y adjudicó los 58 grupos referenciales del proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0060 a 58 oferentes, por RD$1,810,809,618.91 para los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028. El acta, fechada el 5 de agosto de 2026, condiciona la firma de ciertos contratos a la entrega de permisos y certificaciones sanitarias renovados. También recopila criterios excepcionales aplicados durante la evaluación y documenta el ajuste de un grupo referencial que, según el acta, no correspondía geográficamente a Duarte.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Posterga la comprobación documental sanitaria desde la evaluación hasta antes de contratar; el acta mantiene como condición su entrega previa a la firma..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El procedimiento se dirigió a MIPYMES y el acta adjudica, entre otros, a Emma Arelis del Carmen Holguin Khoury y Johnny Robinson Genao Perez. El Registro de Proveedores consultado el 2026-10-12 los refleja actualmente como no MIPYME; ese dato posterior a la adjudicación no acredita cuál era su condición al ofertar, por lo que conviene contrastarlo con los registros y certificaciones vigentes en la fecha del proceso.
“ADJUDICA alosoferentes quecumplieron conlasespecificaciones técnicas y económicas y demás requerimientos exigidos por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 159 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 159 — Participación
Artículo 159. Participación. En los procedimientos dirigidos MIPYMES solamente podrán participar aquellas que se encuentren certificadas como MIPYMES por el Ministerio de Industria y Comercio y por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) e inscritas bajo tal condición en el Registro de Proveedores del Estado. Párrafo I. Las MIPYMES en general, MIPYMES mujeres y MIPYMES industriales, además de participar en los procedimientos dirigidos exclusivamente a éstas, podrán a su vez presentar ofertas en los demás procedimientos de selección previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento, para ampliar sus oportunidades de participación y…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Criterios excepcionales para la evaluación económicaGarantía de seriedad con faltante de hasta RD$1,000
La garantía debía cubrir el 1 % del valor total de la oferta; su insuficiencia podía implicar la desestimación.
Se admiten diferencias iguales o menores a RD$1,000 respecto del 1 %, sujetas a evaluación y motivación individual.
RelajaQuita un control: Reduce el control de suficiencia financiera de la garantía de seriedad de la oferta.
Criterios excepcionales para la evaluación económicaFirma y sello en documentos
El pliego exigía documentos de oferta firmados y sellados, según se describe en el acta.
Se permite subsanar la falta de firma o sello al momento de suscribir el contrato, presentando el mismo documento cargado con la oferta.
RelajaQuita un control: Difiere la verificación de autoría e integridad formal de documentos hasta la contratación.
Criterios excepcionales para la evaluación técnicaPermiso Sanitario, Certificación NORDOM 646 y documentos de control de plagas
La documentación sanitaria requerida debía respaldar la habilitación en la evaluación.
Se admite que ciertos permisos, certificaciones y documentos estén en renovación u obtención, condicionando su entrega a antes de la firma del contrato.
RelajaQuita un control: Posterga la comprobación documental sanitaria desde la evaluación hasta antes de contratar; el acta mantiene como condición su entrega previa a la firma.
Criterios excepcionales para la evaluación técnicaAcreditación de vehículos y fotografías de inspección
La evaluación requería acreditar los vehículos destinados a distribuir alimentos.
Se aceptan fotografías tomadas por los peritos y documentos que permitan identificar y verificar el vehículo, sin dispensar la verificación de sus características.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona