Grupo Soluciones Energéticas Soles, S.R.L. interpone el 11 de agosto de 2026 un recurso de reconsideración contra el Acta Rectificativa CCC-2026-208, que, según el recurso, la excluyó y reasignó los lotes 2 y 9. Solicita suspender provisionalmente esos lotes y restablecer la adjudicación original de RD$103,764,149.60 para el lote 2 y RD$280,907,539.18 para el lote 9; el documento es una impugnación y no contiene la decisión del recurso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El recurso sostiene que la entidad excluyó a Soles y dejó sin efecto sus adjudicaciones sin notificarle ni darle oportunidad de presentar defensa antes de decidir. Es una alegación de la parte recurrente, no una constatación independiente en este documento; conviene contrastarla con el expediente y las notificaciones del procedimiento.
“no consta en la motivación del Acta CCC-2026-208 que la denominada “observación” hubiese sido admitida y tramitada como recurso de reconsideración conforme a los artículos 204 a 206 de la Ley núm. 47-25; tampoco se relata que GRUPO SOLUCION”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 206 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 206 — Tramitación, instrucción y decisión del recurso
Artículo 206.- Tramitación, instrucción y decisión del recurso. Una vez se efectúe el apoderamiento del recurso, el procedimiento a agotar es el siguiente: 1) Si se verifica alguna causa de inadmisibilidad del recurso, se procederá a declararla de oficio de manera previa a la notificación de las demás partes interesadas; 2) En caso de que no haya sido declarada de oficio la inadmisibilidad, se procederá, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción del recurso, a notificar a las demás partes interesadas a través de las vías habilitadas al efecto; 3) Las demás partes interesadas contarán con un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación del recurso, para…
El recurrente afirma que los lotes 2 y 9 pasaron a ofertas más altas, con diferencias respectivas de RD$3,460,599.55 y RD$6,701,881.81, un incremento nominal conjunto de RD$10,162,481.36. La comparación merece revisión con las ofertas y el informe económico; este documento no acredita por sí solo que las nuevas propuestas incumplieran los criterios de adjudicación.
“Que el Lote núm. 2 pasó de GRUPO SOLUCIONES ENERGÉTICAS SOLES, S.R.L., por RD$103,764,149.60, a GRUPO CRUZ PUELLO (GCP), S.R.L., por RD$107,224,749.15, generando una diferencia de RD$3,460,599.55; mientras que el Lote núm. 9 pasó de GRUPO S”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El recurrente sostiene que EDEESTE pidió a los adjudicatarios detener la presentación de garantías mediante avisos, sin identificar un acto formal de suspensión, y que después el acto rectificativo concedió un nuevo plazo a los reemplazantes. La secuencia y sus efectos sobre el calendario deben contrastarse con los avisos y actos del expediente; el documento no establece por sí solo que la suspensión se produjera jurídicamente.
“el treinta y uno (31) de julio de 2026, EDEESTE emitió un “Aviso Oficial sobre Proceso de Reevaluación de Adjudicación”, informando el inicio de una revisión y solicitando a los adjudicatarios abstenerse temporalmente de constituir y remiti”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 201 · Ley 47-25, art. 25 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 201 — Efectos
Artículo 201.- Efectos. La interposición de recursos administrativos no generará suspensión de los efectos jurídicos de las actuaciones impugnadas.
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Grupo Soluciones Energéticas Soles, S.R.L.El acto impugnado, según el texto que reproduce el recurso, la excluyó por presentar una póliza de seguro sin acreditar condición MIPYME. El recurrente solicita que se revoque esa exclusión.
Descalificado
Lotes 2 y 9; adjudicación original que el recurso pide restablecer
RD$384,671,689
Grupo V40, S.R.L.El dispositivo del Acta CCC-2026-208 citado en el recurso dispone su exclusión por presentar póliza de seguro sin acreditar condición MIPYME.
Descalificado
Lotes 13 y 17, adjudicaciones anteriores citadas en el recurso
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona