Nuevo antecedente alegado sobre la inclusión del ITBIS
· hace 1 mes
La recurrente aporta como antecedente extractos del pliego de la licitación de 2022 para un objeto que describe como idéntico, donde se exigía incluir el ITBIS, y sostiene que el criterio es comparable al aplicado en su oferta para el Lote 20. El antecedente merece cotejarse con las reglas y documentos de ambos procesos; por sí solo no establece cuál interpretación debía regir la oferta de 2026 ni resuelve la impugnación de la cancelación.
““En particular, los valores consignados en el Formulario SNCCF033 del Anexo B, deben incluir el ITBIS.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
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