Publicado el 2 jul de 2026Fechado el 14 jun de 202659 páginasEn el mensaje «Cargamos al procedimiento 1.ª circular preguntas y respuestas Enmienda núm. 1 al pliego INDOTEL-CCC-LPI-2026-0001.0 Acta de enmienda No. 1 Pliego de Condiciones.»
La circular de respuestas del INDOTEL, fechada el 15 de junio de 2026, aclara requisitos técnicos y de experiencia para los dos lotes y anuncia enmiendas al pliego y al cronograma. Entre los cambios anunciados figuran aceptar experiencia de cualquier región de la UIT, reducir de 900 kg a 600 kg la carga útil mínima de los vehículos Tipo 2, aumentar de 30 a 31 las estaciones sensor y permitir subcontratar hasta el 50 % del contrato. También indica que la recepción de ofertas se extenderá quince días calendario desde la fecha originalmente prevista, y que la evaluación y formalización económica serán en pesos dominicanos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la limitación geográfica como filtro de experiencia; se conserva una ponderación diferenciada para la Región 2.; Se suprime el umbral comparativo objetivo sobre la escala de estaciones de los proyectos previos.; Se reduce el umbral mínimo de carga útil; se mantiene la verificación documental de capacidad para la carga concreta.; Se elimina una especificación técnica concreta de verificación, aunque INDOTEL indica que subsisten otros requisitos funcionales y de desempeño.; La revisión posterior desplaza a la etapa de adjudicación la discusión de términos contractuales que pueden incidir en la distribución de riesgos y en la comparación económica..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
TCIMencionada en una observación como fabricante o suplidor cuya solución presuntamente corresponde a una especificación discutida; la circular no acredita que haya presentado oferta ni determina su habilitación.
Mencionado
Sistema Integral de Monitoreo
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ATDIMencionada en consultas como titular de HTZ Communications y como posible oferente; la circular no confirma que haya presentado oferta ni determina su habilitación.
Mencionado
Sistema Integral de Gestión
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Rohde & SchwarzMencionada como ejemplo de fabricante con laboratorio de calibración; no consta que haya presentado oferta ni que tenga un estado de evaluación en este documento.
Mencionado
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Cambios que introduce (16)
Sección
Antes
Después
Efecto
Pliego, experiencia internacional y evaluación por puntajeRegión de ejecución de proyectos acreditables
Se requerían al menos dos proyectos ejecutados en la Región 2 de la UIT y el criterio de experiencia internacional se enfocaba en esa región.
Se admitirán proyectos comparables de cualquier región de la UIT; se anuncia una ponderación diferenciada para los proyectos de la Región 2.
RelajaQuita un control: Se elimina la limitación geográfica como filtro de experiencia; se conserva una ponderación diferenciada para la Región 2.
Pliego, experiencia de monitoreoSimilitud por número de estaciones
La experiencia debía corresponder a proyectos con un número de estaciones similar al solicitado por INDOTEL.
Se eliminará ese requisito y la experiencia se valorará por similitud técnica, funcional y operativa.
RelajaQuita un control: Se suprime el umbral comparativo objetivo sobre la escala de estaciones de los proyectos previos.
Pliego, experiencia específicaLímite de contratos por entidad reguladora
La redacción del pliego contenía referencias aparentemente discordantes sobre contratos por entidad y por país.
Se considerará como máximo un contrato por cada autoridad reguladora nacional durante el período evaluado.
Aclara
Pliego, participación en consorcioAcreditación de experiencia
La consulta planteó si la experiencia debía ser acreditada por cada integrante del consorcio.
Se evaluará el consorcio como un solo oferente y bastará que uno de sus integrantes acredite la experiencia exigida.
RelajaQuita un control: Se elimina la necesidad de que varios integrantes acrediten individualmente experiencia pertinente; la capacidad conjunta sigue sujeta a los requisitos del pliego.
Anexo B, estaciones tipo sensorCantidad requerida
Treinta (30) estaciones tipo sensor.
Treinta y una (31) estaciones tipo sensor; INDOTEL anuncia enmienda al Anexo B.
Endurece
Anexo B, estación móvil Tipo 2Capacidad de carga útil del vehículo
Capacidad mínima de carga útil de 900 kg.
Se admitirán vehículos desde 600 kg si documentación oficial del fabricante demuestra que soportan de forma segura todos los equipos y componentes ofertados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
INDOTEL establece que, para acreditar y evaluar experiencia, solo contará un contrato por autoridad reguladora en el período considerado. La regla puede reducir la evidencia admisible de trayectoria de oferentes que hayan ejecutado varios proyectos comparables para una misma entidad, por lo que conviene revisar su proporcionalidad frente al objeto.
“En consecuencia, cuando un oferente presente múltiples contratos ejecutados para una misma autoridad reguladora del espectro, únicamente uno de ellos podrá ser considerado para fines de acreditación de experiencia y evaluación.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
La circular permite que la oferta en USD indique su equivalente en pesos usando la tasa en que se fundamentó cada oferente, sin identificar en esta respuesta una tasa oficial común de conversión. Tasas distintas podrían afectar la comparabilidad de las ofertas evaluadas en RD$; conviene verificar qué regla uniforme regirá en la enmienda o en el pliego definitivo.
“Si un oferente presenta su propuesta en dólares estadounidenses, deberá indicarse su equivalente en pesos dominicanos a la fecha de presentación de la oferta, utilizando la tasa de cambio en que se fundamentó.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Quita un control: Se reduce el umbral mínimo de carga útil; se mantiene la verificación documental de capacidad para la carga concreta.
Anexo B, módulo de analizador de espectroRequisito de RBW desde 3 kHz
Se exigía un módulo de analizador de espectro de barrido con RBW desde al menos 3 kHz.
El requisito específico será eliminado; la evaluación seguirá considerando las capacidades funcionales y de desempeño restantes.
RelajaQuita un control: Se elimina una especificación técnica concreta de verificación, aunque INDOTEL indica que subsisten otros requisitos funcionales y de desempeño.
Anexo B, calibración de equiposAutocalibración y calibraciones periódicas
Las estaciones debían ser autocalibrables después de la calibración inicial.
Se admitirán equipos autocalibrables o calibraciones periódicas en laboratorio; el oferente asumirá los costos y garantizará continuidad mediante reemplazos u otro mecanismo equivalente.
Relaja
Anexo B, estación móvil y mediciones sobre 1 GHzAntena direccional
El requisito no especificaba expresamente disponer de antena direccional para las mediciones descritas.
Se incorporará una antena direccional integrada o transportable, conectada e interoperable con el sistema de la unidad móvil.
El pliego prohibía la subcontratación, mientras el borrador de contrato permitía hasta 50 %.
Se permitirá subcontratar hasta el 50 % del valor o de las prestaciones; se anuncia modificar el pliego para armonizarlo.
RelajaQuita un control: Se elimina la prohibición del pliego y se permite subcontratar una parte sustancial de las prestaciones.
CronogramaPlazo de presentación de ofertas
La fecha originalmente prevista para recibir ofertas era el 7 de julio de 2026.
Se anuncia extender el plazo quince días calendario desde la fecha original; la circular deja las fechas definitivas para una enmienda posterior.
Relaja
Pliego, desempateUso de proyectos adicionales como criterio de desempate
El pliego contemplaba desempatar atendiendo al mayor número de proyectos válidos, aunque el puntaje por experiencia tuviera un máximo de ocho.
Los contratos adicionales no generarán puntaje ni constituirán un criterio adicional de adjudicación; se anuncia una enmienda al desempate conforme a la normativa vigente.
Aclara
Pliego, seguridad de la informaciónCertificación como requisito técnico
La consulta preguntaba si la certificación era eliminatoria o puntuable.
Se establece como requisito técnico una certificación oficial vigente o equivalente verificable; su ausencia o incumplimiento puede hacer que la oferta no sea conforme.
Endurece
Anexo B, respaldo energético de estaciones sensorDimensionamiento de baterías
No se detallaban la capacidad del banco ni la autonomía requerida.
El oferente dimensionará el banco según la carga, considerando una reserva mínima del 25 % y una autonomía mínima objetivo recomendada de ocho horas.
Endurece
Borrador de contratoRevisión de cláusulas contractuales
El borrador se presentaba como parte de la documentación del procedimiento.
INDOTEL indica que las cláusulas se revisarán con el adjudicatario y que este podrá formular observaciones después de la adjudicación, siempre que no se alteren el objeto, las condiciones esenciales ni las bases de evaluación.
RelajaQuita un control: La revisión posterior desplaza a la etapa de adjudicación la discusión de términos contractuales que pueden incidir en la distribución de riesgos y en la comparación económica.
Presentación y evaluación económicaOfertas denominadas en dólares
El pliego indicaba que el precio debía expresarse en pesos dominicanos.
Si se presenta una oferta en dólares, deberá indicarse su equivalente en pesos a la fecha de presentación usando la tasa de cambio en que se fundamentó la oferta; la evaluación y adjudicación serán en pesos.