La motivación cita reglas de seguridad nacional para una emergencia
· hace 4 meses
El proceso y sus antecedentes se identifican como excepción por emergencia nacional, pero el acta incorpora como fundamento una disposición reglamentaria sobre selección competitiva por seguridad nacional. Conviene verificar si esa cita de una modalidad distinta es solo un arrastre de plantilla o incidió en el razonamiento aplicado; el acta no permite establecer ese efecto.
“"Artículo 158.- Procedimiento de selección competitiva en casos de seguridad nacional. En los casos de seguridad nacional en el que procedimiento de selección sea competitivo, deben aplicarse las siguientes reglas particulares:"”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 156 · Reglamento 52-26, art. 158 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 156 — Procedimiento de selección competitiva en casos de emergencia
Artículo 156.- Procedimiento de selección competitiva en casos de emergencia. En los casos de emergencia deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el decreto del Presidente de la República que declara la emergencia por alguna de las causas expresamente previstas en la Ley núm. 47-25, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 2. En caso de que existan oferentes precalificados para situaciones de emergencia que puedan satisfacer las prestaciones contractuales requeridas, estos deben ser invitados directamente, y la adjudicación debe…
Reglamento 52-26, artículo 158 — Procedimiento de selección competitiva en casos de seguridad nacional
Artículo 158.- Procedimiento de selección competitiva en casos de seguridad nacional. En los casos de seguridad nacional en que el procedimiento de selección sea competitivo, deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el decreto del Presidente de la República que declara la situación de seguridad nacional por alguna de las causas expresamente previstas en la Ley núm. 47-25, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 2. Se invita directamente a los proveedores registrados que puedan satisfacer la necesidad contractual, por lo cual no se…