El Acto núm. 268-2026, de fecha 2026-05-21, aprueba el informe pericial definitivo y adjudica partidas del proceso de emergencia EDESUR-MAE-PEEN-2026-0005 a 13 oferentes. Los montos adjudicados suman RD$361,892,294.58, ITBIS incluido, y el acto también declara desiertos numerosos ítems de los lotes 1 a 8.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego citado en el expediente establece adjudicar por lote a la oferta con mayor puntuación total; sin embargo, el informe que el Comité aprueba dispone adjudicar por menor precio por lote y luego por ítem. La adopción de ese método en el acto de adjudicación hace pertinente verificar si las adjudicaciones se resolvieron conforme al criterio publicado.
“Para determinar la(s) Oferta(s) más conveniente para este procedimiento, la entidad contratante aplicará el criterio de menor precio ofertado, adjudicando las Ofertas de acuerdo con el siguiente orden: Primero: Menor Precio Ofertado por Lot”
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
En el mismo acto, el ítem 8-16 aparece primero con ofertas recibidas que no cumplen y luego con la causa de que no se recibieron ofertas. La diferencia importa para verificar el sustento de la declaratoria y los pasos de una eventual reapertura; el acto también consigna una discrepancia de causas para el ítem 8-17, ya registrada como señal del proceso.
“ELECTRODO DE 1/8" | UD | Ofertas recibidas no cumplen | 8 … ELECTRODO DE 1/8" | UD | No se recibieron ofertas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 128 · Ley 47-25, art. 25 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 128 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 128.- Declaratoria de procedimiento desierto. Antes de la adjudicación, mediante resolución debidamente motivada, la institución contratante podrá declarar desierto un procedimiento a la finalización del plazo para la presentación de propuestas, cuando se verifique alguna de las condiciones siguientes: 1) Que no se haya presentado alguna propuesta o que ningún oferente haya cumplido los requisitos para ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Que, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en los pliegos de condiciones, se determine que ningún oferente los cumple; 3) Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria…
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Oferentes que registra (22)
13 adjudicado · 5 no habilitado · 4 suplente
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Aclara Technologies, LLCDesestimado; no cumplió la evaluación documental, técnica y económica. Oferta consignada en USD 610,000.00.
No habilitado
Lote 2
—
Armada Led, S.R.L.Adjudicataria de ítems de los lotes indicados; oferta total consignada de RD$53,701,872.13.
Adjudicado
Lotes 5 y 6
RD$42,983,366
Baires Ingeniería, S.R.L.Adjudicataria de ítems del lote 5; oferta total consignada de RD$10,044,328.27.
Adjudicado
Lote 5
RD$2,888,750
Celna Enterprises, S.R.L.No cumplió la evaluación económica; oferta total consignada de RD$19,991,757.01.
No habilitado
Lote 5
RD$19,991,757
Consorcio Keiko-ACCAdjudicatario del ítem 1 del lote 2; la tabla de recepción identifica la oferta como Consorcio Keiko, S.R.L., por RD$29,345,003.41.
Martpez Ingenieros Constructores, S.R.L.No cumplió la evaluación financiera; no fue habilitada para la comparativa de precios. Oferta total consignada de RD$13,976,290.31.
No habilitado
Lotes 4, 6 y 8
RD$13,976,290
Metro Eléctrica, S.R.L.Adjudicataria de ítems de los lotes 3 y 8; oferta total consignada de RD$87,340,886.92.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona