Recurso cuestiona las razones de la evaluación técnica preliminar
· hace 5 meses
CYJ Ingenieros alega que la conclusión de que copió las especificaciones no corresponde con la ficha técnica aportada y que sí presentó recursos de personal y rendimientos asociados a las actividades del cronograma. Es un alegato del recurrente, no una constatación del documento; conviene contrastarlo con el informe pericial y los anexos antes de decidir su habilitación.
“EL INFORME EXPRESA “EL OFERENTE HIZO UN COPY PASTE DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS SUMINISTRADAS … Sin embargo, dicha apreciación parte de una interpretación incorrecta de la documentación presentada por nuestra empresa, toda vez que sí”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 124 · Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →