La Resolución CCC-056-2026, de 2026-03-26, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego del proceso MIDEREC-CCC-LPN-2026-0003. La enmienda cambia la numeración de los lotes de 1–11 a 12–22 y eleva el presupuesto total de RD$346,688,810.76 a RD$353,093,119.53, incluido un aumento para el lote de reparación del Estadio de Softbol. También elimina la garantía de seriedad de la oferta; el proceso está dirigido a MIPYMES, para las cuales la Ley 47-25 dispone que no se requiere esa garantía.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda aumenta de RD$9,014,729.37 a RD$15,419,038.14 el presupuesto de esa obra: RD$6,404,308.77 adicionales (aproximadamente 71%), y eleva en igual monto el total del proceso. Es un cambio presupuestario sustancial cuya justificación técnica y de mercado conviene verificar; el documento no explica específicamente este aumento.
“8. | | Reparación del Estadio de Softbol de San Pedro de Macorís | San Pedro de Macorís | San Pedro de Macorís | RD$9,014,729.37 … 19. | | Reparación del Estadio de Softbol de San Pedro de Macorís | San Pedro de Macorís | San Pedro de Macor”
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La resolución se emitió el 26 de marzo y, según el cronograma del portal, la recepción cerraba el 7 de abril, quedando 12 días naturales para preparar ofertas tras cambios presupuestarios y de numeración. La Ley exige extender proporcionalmente el plazo si la modificación ocurre después del 75% del plazo de recepción; el cronograma aportado no refleja una fecha de cierre posterior, por lo que conviene comprobar si se aplicó una extensión y se reabrieron preguntas y respuestas.
“En fecha 26 de marzo del 2026, fue emitida la Circular Informativa Núm. 1 … Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas. deberá extenderse el plazo p”
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Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La Enmienda Núm. 1 (Resolución CCC-056-2026) presenta el presupuesto base y el lugar de ejecución de la obra con los lotes numerados del 12 al 22, mientras las actas de evaluación posteriores del proceso identifican los lotes con la numeración 1 a 11. La renumeración no modifica los montos de los lotes ni se demuestra efecto en la adjudicación; conviene verificar la correspondencia entre ambas numeraciones.
“1. | | Pabellón de pesas del Complejo Deportivo de San Pedro de Macorís … 12. | | Pabellón de pesas del Complejo Deportivo de San Pedro de Macorís”
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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
4. Presupuesto base y 6. Lugar de ejecución de la obraNumeración de lotes
Los lotes estaban numerados del 1 al 11.
Las mismas partidas aparecen numeradas del 12 al 22.
Neutral
4. Presupuesto basePresupuesto del Estadio de Softbol y total del proceso
d) Garantía de seriedad de la ofertaEliminación de la garantía de seriedad
Se exigía garantía de seriedad equivalente al 1% de la oferta, con vigencia hasta el 21 de mayo de 2026.
Se elimina el apartado y todos sus requisitos. La Ley 47-25 dispone que no se requiere garantía de seriedad para MIPYMES.
RelajaQuita un control: Se elimina la póliza de seguro del 1% que respaldaba el mantenimiento de la oferta ante un retiro injustificado; el proceso está dirigido a MIPYMES y la exención está prevista en la Ley 47-25.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona