Publicado el 13 may de 2025Fechado el 1 may de 202526 páginasEn el mensaje «Notificación de acto administrativo de habilitación no habilitación de ofertas para el Sobre B»
El informe definitivo de evaluación técnica del proceso SUPBANCO-CCC-LPN-2025-0001, firmado el 2025-05-02, recomienda habilitar a varios oferentes para la apertura del Sobre B según los ítems y declarar desierto el ítem 6, monitores de 32 pulgadas. Es una recomendación de los peritos al Comité de Compras y Contrataciones, no el acto de adjudicación. El informe registra 17 oferentes y una discrepancia entre la matriz de habilitación del ítem 6 y la recomendación de declararlo desierto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La matriz de conclusiones marca como habilitados para el ítem 6 a varios oferentes, mientras que la recomendación final pide declararlo desierto porque ninguno habría cumplido. La discrepancia merece cotejo con las hojas de evaluación y la decisión del Comité, pues afecta quién podía pasar a la apertura económica de ese ítem.
“6 | Monitores de 32 pulgadas | IH | IH | IH | H | H | H | IH | N/A | H | H | N/A | IH | H | H | H | H | IH … Declarar desierto el ítem 6, ya que ningunos de los oferentes proponentes en este ítem cumplió en la evaluación de las”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 125 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El cuadro presenta para Simpapel una prueba ácida de 1 y endeudamiento de 1.1, y para Centroxpert una prueba ácida de 1, aunque sus encabezados fijan respectivamente > 1 y < 1.1; ambos registros aparecen como “Cumple”. Como los valores se muestran redondeados a una cifra decimal, corresponde verificar los cálculos sin redondear y si sustentan la habilitación recomendada.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (17)
11 habilitado · 6 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Logicone, S.R.L.Se recomienda habilitar para los ítems 1 y 7; no habilitar para los ítems 2, 3, 4, 5, 6 y 8.
Habilitado
Ítems 1 y 7
—
Columbus Networks Dominicana, S.A.Se recomienda no habilitar para el ítem 8 por incumplir el límite de endeudamiento y no presentar una carta bancaria que permitiera la reevaluación.
No habilitado
Ítem 8
—
Cecomsa, S.R.L.Se recomienda habilitar para los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8; no habilitar para el ítem 6 por el color del equipo ofertado.
Habilitado
Ítems 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8
RD$6,252,518
IQTEK Solutions, S.R.L.Se recomienda no habilitar para el ítem 8: no incluyó el componente C9000-HSEC ni presentó la certificación fiscal vigente requerida.
No habilitado
Ítem 8
RD$4,997,694
IP Expert IPX, S.R.L.Se recomienda habilitar para el ítem 8 por cumplir técnicamente.
Habilitado
Ítem 8
RD$4,103,630
Offitek, S.R.L.Se recomienda habilitar para los ítems 1, 2, 4, 5 y 7; no habilitar para los ítems 3 y 6.
Habilitado
Ítems 1, 2, 4, 5 y 7
RD$19,227,705
K Supplies, S.R.L.Se recomienda habilitar para los ítems 1, 2, 4 y 5; no habilitar para el ítem 6.
Comercial de las Antillas, S.R.L.Se recomienda no habilitar por no presentar cartas de referencia conformes y por incumplir el peso máximo del equipo del ítem 2.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Simpapel, S.R.L.Se recomienda habilitar para los ítems 1, 4 y 5; no habilitar para el ítem 6.
Habilitado
Ítems 1, 4 y 5
RD$14,613,495
Uxmal Comercial, S.R.L.Se recomienda no habilitar por quedar la prueba ácida por debajo del mínimo incluso al considerar la línea de crédito presentada.
No habilitado
Ítems 1, 2, 4, 5 y 6
RD$15,688,000
Clickteck, S.R.L.Se recomienda no habilitar por no subsanar documentación y por incumplir el ratio de endeudamiento.
No habilitado
Ítems 1, 2, 4, 5, 6 y 7
RD$19,793,033
Sinergit, S.A.Se recomienda habilitar para los ítems 1 y 2; no habilitar para los ítems 4, 5 y 6.
Habilitado
Ítems 1 y 2
RD$13,043,213
Centroxpert STE, S.R.L.Se recomienda habilitar para los ítems 1, 2, 4 y 5; no habilitar para el ítem 6.
Habilitado
Ítems 1, 2, 4 y 5
RD$12,705,803
TCO Networking, S.R.L.Se recomienda no habilitar para los ítems 1 a 8 por incumplimientos financieros y técnicos.