La Enmienda/Adenda núm. 003-2025 incorpora al pliego requisitos de documentación financiera y una evaluación CUMPLE/NO CUMPLE mediante índices financieros. También permite considerar líneas de crédito o disponibilidad cuando los índices no alcancen los límites, sumar partidas financieras de integrantes de consorcios y designa a Lissette Volquez como perito financiero. El documento consigna la fecha 6 de marzo de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control basado en límites financieros cuantificados al permitir una vía alternativa cuya suficiencia queda a evaluación pericial.; Reduce la verificación de capacidad financiera individual de cada integrante al permitir acreditar el mínimo mediante sumatoria..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 10 del pliego — documentación financieraEstados financieros y certificación bancaria
El documento no especifica el requisito previo.
Exige estados financieros auditados de los últimos dos años, declaraciones IR2 y certificación bancaria reciente con balance promedio o datos de línea de crédito; las entidades financieras deben estar reguladas por la Superintendencia de Bancos.
Endurece
Numeral 12 del pliego — metodología de evaluación financieraÍndices financieros y evaluación CUMPLE/NO CUMPLE
El documento no especifica criterios financieros previos.
Añade índices de solvencia, prueba ácida y endeudamiento, evaluados bajo metodología CUMPLE/NO CUMPLE, con límites establecidos en la tabla del documento.
Endurece
Numeral 12 del pliego — nota sobre evaluación financieraAlternativa mediante líneas de crédito o disponibilidad
El documento no especifica una alternativa a los índices financieros.
Si los índices no alcanzan los límites, los peritos evaluarán una carta bancaria que indique que el oferente posee una o varias líneas de crédito y/o disponibilidad.
RelajaQuita un control: Debilita el control basado en límites financieros cuantificados al permitir una vía alternativa cuya suficiencia queda a evaluación pericial.
Numeral 12 del pliego — ofertas de consorciosSumatoria de partidas financieras de consorciados
El documento no especifica cómo acreditarían los consorcios los indicadores financieros.
Permite sumar las partidas de los estados financieros de las empresas del consorcio para alcanzar el monto mínimo requerido.
RelajaQuita un control: Reduce la verificación de capacidad financiera individual de cada integrante al permitir acreditar el mínimo mediante sumatoria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona