La Enmienda/Adenda núm. 003-2025 agrega requisitos de documentación financiera y una metodología de evaluación CUMPLE/NO CUMPLE con índices de solvencia, prueba ácida y endeudamiento. También permite valorar cartas de crédito o disponibilidad si los índices no alcanzan los límites, sumar partidas financieras de integrantes de consorcios y designa a Lissette Volquez como perito financiero. El documento imprime como fecha el 6 de marzo de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita la verificación uniforme de solvencia mediante índices al permitir una valoración alternativa de crédito o disponibilidad sin precisar aquí un umbral objetivo para aceptarla..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 10, contenido de la oferta técnicaDocumentación financiera requerida
El pliego no consignaba estos requisitos financieros adicionales.
Exige estados financieros auditados de los últimos dos años, declaraciones IR2 y certificación bancaria reciente con balances o líneas de crédito disponibles; las certificaciones deben proceder de entidades reguladas por la Superintendencia de Bancos.
Endurece
Numeral 12, metodología de evaluaciónÍndices financieros y evaluación
El pliego no establecía aquí índices financieros específicos para evaluar la capacidad del oferente.
Añade evaluación CUMPLE/NO CUMPLE con solvencia mínima de 1.5, prueba ácida mínima de 1 y endeudamiento máximo de 1.1.
Endurece
Numeral 12, nota sobre índices financierosAlternativa mediante carta bancaria
No se indicaba que una carta bancaria pudiera suplir el incumplimiento de los límites de los índices.
Si los índices no alcanzan el mínimo, los peritos evaluarán cartas bancarias que indiquen líneas de crédito o disponibilidad del oferente.
RelajaQuita un control: Debilita la verificación uniforme de solvencia mediante índices al permitir una valoración alternativa de crédito o disponibilidad sin precisar aquí un umbral objetivo para aceptarla.
Numeral 12, evaluación de consorciosAgregación de capacidad financiera
No se establecía la suma de partidas financieras de los miembros de un consorcio para alcanzar el mínimo requerido.
Permite sumar las partidas de los estados financieros de las empresas del consorcio para alcanzar el monto mínimo requerido.
RelajaQuita un control: Permite acreditar el mínimo financiero mediante la capacidad agregada de los miembros, en vez de exigir que cada integrante lo demuestre individualmente.
Acta administrativa de inicio CCC-004-2025Designación de perito financiero
No se incluía a Lissette Volquez entre los peritos designados.
Designa a Lissette Volquez, analista de contabilidad del Departamento Administrativo y Financiero, como perito financiero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona