La Enmienda/Adenda núm. 003-2025 modifica el pliego de la licitación SUPBANCO-CCC-LPN-2025-0001 para agregar documentación financiera y una evaluación CUMPLE/NO CUMPLE mediante índices de solvencia, prueba ácida y endeudamiento. También prevé que los peritos valoren cartas de crédito o disponibilidades si los índices no alcanzan los límites y permite sumar partidas financieras de integrantes de consorcios. El documento consigna que se designa a Lissette Volquez como perito financiero; la fecha impresa es 6 de marzo de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Permite que la evaluación pericial de crédito o disponibilidad sustituya el cumplimiento de los límites financieros predeterminados..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 10 del pliegoDocumentación financiera exigida
El numeral 10 no incluía esta documentación financiera, según la enmienda que dispone agregarla.
Se exigen estados financieros auditados de los últimos dos años, declaraciones IR2 y certificación bancaria reciente con balances o datos de líneas de crédito, emitida por entidades reguladas por la Superintendencia de Bancos.
Endurece
Numeral 12 del pliegoEvaluación mediante índices financieros
El pliego no incluía esta metodología de evaluación financiera, según la enmienda que dispone agregarla.
Se incorpora evaluación CUMPLE/NO CUMPLE con límites de solvencia de 1.5, prueba ácida de 1 y endeudamiento menor o igual a 1.1.
Endurece
Numeral 12 del pliegoAlternativa a los límites de los índices
No se preveía en esta metodología una valoración de cartas bancarias como alternativa cuando los índices no alcanzaran los límites.
Si los índices no alcanzan el límite mínimo, los peritos evaluarán cartas bancarias que indiquen una o varias líneas de crédito y/o disponibilidad.
RelajaQuita un control: Permite que la evaluación pericial de crédito o disponibilidad sustituya el cumplimiento de los límites financieros predeterminados.
Numeral 12 del pliegoCapacidad financiera de consorcios
No se contemplaba en esta metodología la suma de partidas financieras de los integrantes de un consorcio.
Se permite sumar las partidas de los estados financieros de las empresas integrantes del consorcio para alcanzar el mínimo requerido.
RelajaQuita un control: La capacidad financiera se acredita de forma agregada, en vez de requerirse que cada integrante alcance individualmente los mínimos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona