El Acta núm. 0359-2026, de 2026-08-07, aprueba las evaluaciones económicas y adjudica 170 grupos referenciales a 170 oferentes para los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028, por RD$5,257,458,546.39 con ITBIS. Declara habilitados para adjudicación a 213 oferentes y deja constancia de 42 habilitados no asignados; dispone, además, que Niulka María Guzmán Veras reciba el grupo G-163 a 36.679 km bajo la ampliación excepcional del rango de distancia.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité adjudica G-163 a Niulka María Guzmán Veras a 36.679 km, por encima del límite ordinario de 35 km, usando la ampliación excepcional de hasta 50 km. El acta justifica el caso por la cantidad de grupos de la demarcación y la necesidad de atender todos los centros; conviene verificar el sustento concreto de la mayor complejidad territorial invocada.
“correspondiendo el caso restante al grupo referencial G-163, adjudicado a la oferente NIULKA MARIA GUZMAN VERAS, cuya distancia promedio de 36.679 kilómetros queda comprendida dentro de la ampliación excepcional hasta cincuenta (50) kilómet”
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se reduce la cobertura monetaria exigible y se acorta la vigencia del instrumento de garantía.; Se posterga la verificación de identidad documental y de la vinculación del formulario al procedimiento hasta la firma del contrato.; Se difiere hasta antes de contratar la verificación documental definitiva de permisos sanitarios, NORDOM 646 y controles de plagas..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acta consigna 213 oferentes habilitados, 170 adjudicados y relaciona 42 habilitados no asignados (170+42=212), y en el Párrafo B menciona 57 habilitados en lugar de 213. Son erratas de redacción del propio documento: la cifra 213 aparece correctamente en otros pasajes y el total adjudicado coincide con el monto del portal; el efecto potencial se limita a la lista de suplencia de los habilitados no asignados.
“de los doscientos trece (213) oferentes habilitados para fines de adjudicación, ciento setenta (170) resultaron asignados con grupos referenciales y raciones alimentarias, en tanto que cuarenta y dos (42) oferentes, no obstante haber alcanz”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Niulka María Guzmán VerasAdjudicataria del grupo G-163; el acta acoge la ampliación excepcional de distancia, con promedio de 36.679 km.
Adjudicado
G-163
RD$19,870,209
PORTESPA CORPORATION SRLNo cumplió porque la garantía de seriedad no consignaba el carácter incondicional, irrevocable y renovable; el acta lo considera requisito no subsanable.
Criterios excepcionales durante la evaluación económicaDiscrepancias entre el SECP y el formulario económico
Prevalecía la información digitada en el portal.
Si se verifica un error de digitación, puede prevalecer el formulario firmado y sellado por el oferente.
RelajaQuita un control: Se debilita el cotejo de la oferta con el dato registrado en el SECP, aunque se exige formulario firmado y sellado.
Criterios excepcionales durante la evaluación económicaMonto y vigencia de la garantía de seriedad
La garantía debía cubrir el 1% del valor de la oferta y cumplir las condiciones de vigencia establecidas en el pliego.
Se admiten diferencias de hasta RD$1,000 respecto del 1% y garantías cuya vigencia alcance la firma del contrato.
RelajaQuita un control: Se reduce la cobertura monetaria exigible y se acorta la vigencia del instrumento de garantía.
Criterios excepcionales durante la evaluación económicaOmisiones formales en formularios
El formulario económico debía incluir referencia del proceso y los documentos debían presentarse firmados y/o sellados según el pliego.
Se aceptan formularios sin código de referencia y se permite completar firma o sello al suscribir el contrato, sin cambiar el contenido.
RelajaQuita un control: Se posterga la verificación de identidad documental y de la vinculación del formulario al procedimiento hasta la firma del contrato.
Criterios excepcionales durante la evaluación técnicaAcreditación documental sanitaria y de vehículos
La evaluación técnica verificaba los documentos y condiciones previstos en el pliego para cocinas, vehículos y certificaciones sanitarias.
Se aceptan fotografías tomadas durante la inspección y se permite subsanar ciertos permisos y certificaciones, condicionando la entrega definitiva a antes de la firma del contrato.
RelajaQuita un control: Se difiere hasta antes de contratar la verificación documental definitiva de permisos sanitarios, NORDOM 646 y controles de plagas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona