El Acto Administrativo núm. DIE-ADJ-004-2026, de 2026-06-03, aprueba el informe final de evaluación económica de la licitación DIE-CCC-LPN-2025-0002 y ordena notificar sus resultados. El cuadro consigna asignaciones para los 53 lotes, con topes por lote de RD$60,000,000 o RD$81,000,000 y un monto tope global de RD$3,600,000,000; la parte dispositiva ordena notificar los resultados, aunque el cuadro identifica oferentes como adjudicados.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (3)
A revisarHallazgo en documentosRD$3.6 mil millones
El acto afirma que la certificación SIGEF acredita apropiación por RD$3,600,000,000, monto que coincide con el tope global recomendado. El portal registra para el certificado de apropiación RD$16,200,000, apenas el 0.45% de ese monto; conviene verificar si existió una certificación posterior o una modificación que cubra el compromiso de los 53 lotes.
“fue emitida Certificación de Existencia de Fondos, bajo el No. de Expediente EG1765563308195LVfCu, de fecha doce (12) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF)…” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El acto consigna como excepcionales las asignaciones de los lotes 19 a Terrasa, 43 a Constructora Maquez y 53 a CONSTRUCCIONES DOMINGUEZ & MARTES GROUP, después de describir los límites ordinarios por zona. El documento justifica las vacantes y la cobertura de garantías; dado que aquí ya se materializan adjudicaciones —y no solo una regla general— conviene comprobar que la elegibilidad, el orden de prelación y la cobertura de garantía de cada lote se verificaron conforme al pliego. Este acto desarrolla las asignaciones excepcionales ya observadas en otros documentos del proceso.
“El referido criterio se aplicó luego de agotarse la recomendación de asignación de lotes dentro de los límites ordinarios de adjudicación, es decir, de hasta 1 lote para las zonas I y II y hasta 2 lotes para las zonas III, IV y V…” (pág. 87, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
La evaluación económica registra para Roeljh Group RD$5,496,774.46, mientras que el orden de prelación y la asignación de los lotes 21 y 22 usan RD$5,498,774.46. Aunque ambos valores conservan su posición frente a las demás ofertas conformes consignadas, la divergencia afecta el importe empleado para comparar y documentar la oferta adjudicada.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona