La explicación técnica termina atribuyendo la labor a un plomero
· hace 4 meses
La respuesta afirma que el trabajo requiere un profesional eléctrico o electromecánico, pero concluye que corresponde ejecutarlo a un plomero especializado. La contradicción deja incierta la justificación técnica aplicada para mantener la no habilitación y merece verificarse frente al criterio del pliego.
“En ese sentido, la responsabilidad técnica principal recae necesariamente en un profesional del área eléctrica o electromecánica debidamente habilitado, quien es el único facultado para la elaboración y validación de los diseños eléctricos ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
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