Consorcio Merca-Ran se inscribió en el Registro de Proveedores del Estado el 11/05/2026, después de publicada la licitación (30/03/2026), y resultó adjudicado por RD$63.4 millones.
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 64 · Ley 47-25, art. 40 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 64 — Registro de Proveedor del Estado
… Párrafo II. La inscripción en el Registro de Proveedor del Estado constituye un requisito previo e indispensable para participar como oferente, sin perjuicio del cumplimiento posterior de los requisitos de calificación técnica y económica exigidos por cada procedimiento. Párrafo III. Las instituciones contratantes deben utilizar la información registrada en el Registro de Proveedor del Estado y abstenerse de requerir duplicidad documental. Párrafo IV. La inhabilitación de un proveedor no afecta la ejecución de contratos en curso, siempre que estos se hayan formalizado y registrado en la Contraloría General de la República con anterioridad a la decisión de inhabilitación.
Ley 47-25, artículo 40 — Creación del Registro de Proveedor del Estado
Articulo 40.- Creación del Registro de Proveedor del Estado. Se crea el Registro de Proveedor del Estado, el cual tendrá como objetivo principal administrar la base de datos de todas las personas físicas o jurídicas que estén interesadas en presentar ofertas de bienes, servicios y obras a las instituciones contratantes, así como posibilitar un control preventivo para evitar la violación al régimen de inhabilidades previsto en la presente ley.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona