El Acta núm. 0365-2026, de 2026-08-07, aprueba los informes económicos y adjudica los 106 grupos referenciales de San Cristóbal a 106 oferentes, por 37,581,560 raciones y RD$3,522,421,906.74 para los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028. También registra 33 oferentes habilitados sin asignación y dispone que ciertos adjudicatarios no firmen hasta presentar permisos y certificaciones sanitarias renovados.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (13 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica grupos a oferentes que el propio proceso evaluó por vía extraordinaria tras recursos de reconsideración; por ejemplo, ROARI COMERCIAL SRL obtuvo RD$32.7 millones y COMIDA CON AMOR SRL RD$29.7 millones. Es un resultado concreto de la habilitación extraordinaria, que merece contrastarse con las resoluciones de reconsideración y las evaluaciones que sustentaron esas adjudicaciones.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta está fechada el 7 de agosto de 2026, pero identifica los informes económicos aprobados como emitidos el 9 de agosto de 2026; además, en otro pasaje atribuye a uno de ellos fecha 4 de agosto. Puede tratarse de un error de fecha, pero la secuencia documental debe verificarse porque la aprobación debe apoyarse en informes ya emitidos.
“a los siete (7) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026) … emitieron el Informe de Evaluación Económica y Recomendación de Habilitados (Sobres B), de fecha nueve (9) de agosto de 2026”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 132 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 132 — Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación
Artículo 132. Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de correcciones aritméticas de las ofertas económicas, emitirán el informe de evaluación económica que contendrá todo lo justificativo de su actuación, que se realizará con base en los parámetros definidos en el pliego de condiciones. En el informe se recomendará la adjudicación y se determinará el reporte de lugares ocupados por cada oferta. Luego de emitido el informe, deberá ser remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativo y Financiera, para su…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La excepción permite que la oferta económica evaluada difiera del dato registrado en SECP; conserva como controles la firma y el sello del oferente.; Se reduce el monto de la cobertura de seriedad exigida hasta el límite de RD$1,000.; Se acorta la cobertura temporal de la garantía de seriedad al momento de firma.; La autenticación mediante firma y sello deja de estar necesariamente verificada en la oferta y se pospone hasta la firma contractual..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
DICENCIO GOURMET SRLHabilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-22.
Adjudicado
G-22
RD$31,623,625
COMIDA CON AMOR SRLHabilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-99.
Adjudicado
G-99
RD$29,655,349
TEÓFILO SUERO DICENTHabilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-66.
Adjudicado
G-66
RD$36,103,794
ANTOLIN GOURMET SRLHabilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-53.
Adjudicado
G-53
RD$19,589,027
SJ & R MULTISERVI SRLHabilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-14.
Adjudicado
G-14
RD$69,077,094
TRENMORE COMPANY SRLHabilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-29.
Adjudicado
G-29
RD$45,663,989
ACADEMIA CANAAN SRLHabilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-62.
Adjudicado
G-62
RD$28,613,101
HIPERMOON SRLHabilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-69.
Adjudicado
G-69
RD$52,524,835
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
II, Considerando SegundoMedios alternativos de acreditación técnica y subsanación de documentos
El documento no reproduce el criterio inicial aplicable a fotografías, vehículos y documentos sanitarios.
Se aceptan fotos levantadas por peritos para acreditar fachada y vehículos; ciertos permisos y certificaciones pueden completarse antes de firmar el contrato.
Relaja
II, Considerando Cuarto, numeral 1Discrepancias entre dato digitado en SECP y formulario económico
No consta en este documento una regla específica para resolver esas discrepancias.
Rige lo digitado en el portal, salvo error de digitación y formulario firmado y sellado con información correcta, que puede aceptarse para evaluar.
AclaraQuita un control: La excepción permite que la oferta económica evaluada difiera del dato registrado en SECP; conserva como controles la firma y el sello del oferente.
II, Considerando Cuarto, numeral 3Insuficiencias en la garantía de seriedad
El pliego exigía la garantía de seriedad; el acta indica que el valor de referencia es 1 % de la oferta.
No se desestiman diferencias de hasta RD$1,000 respecto del 1 %, sujetas a evaluación y motivación individual.
RelajaQuita un control: Se reduce el monto de la cobertura de seriedad exigida hasta el límite de RD$1,000.
II, Considerando Cuarto, numeral 4Vigencia de la garantía de seriedad
La vigencia debía cubrir el plazo establecido en el pliego.
Se admiten excepcionalmente garantías vigentes hasta la firma del contrato de adjudicación.
RelajaQuita un control: Se acorta la cobertura temporal de la garantía de seriedad al momento de firma.
II, Considerando Cuarto, numeral 5Omisión de firma, sello o referencia del procedimiento
El acta identifica estos documentos como parte de los requisitos de la oferta.
Se aceptan formularios sin código de referencia y se permite completar firma o sello al suscribir el contrato, sin cambiar el contenido cargado.
RelajaQuita un control: La autenticación mediante firma y sello deja de estar necesariamente verificada en la oferta y se pospone hasta la firma contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Habilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-71.
Adjudicado
G-71
RD$62,103,775
SILVER STAR GROUP SRLHabilitado por vía extraordinaria y adjudicatario del grupo G-80.
Adjudicado
G-80
RD$29,842,804
ALIMENTOS PPG SRLNo cumplió la garantía de seriedad: su vigencia terminaba antes de la fecha mínima indicada y consignaba erróneamente la provincia Santiago.