El Acta núm. 0001-2026, de fecha 2026-01-06, aprueba la primera enmienda del pliego para 34 licitaciones del INABIE, incluida la INABIE-CCC-LPN-2025-0074 de San Cristóbal. Modifica plazos, reglas de presentación, requisitos y puntuaciones de capacidad instalada, inspecciones y asignación de raciones, y adopta el criterio de adjudicación basado en calidad. Ordena publicar y ejecutar la enmienda; no adjudica ni identifica oferentes concretos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se reduce de dos a uno el mínimo de equipos de congelación y refrigeración, disminuyendo el control de capacidad de almacenamiento en frío exigido para habilitar.; La comunicación anticipada debilita el carácter sorpresivo de la inspección física de las instalaciones y equipos..
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Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda baja de dos a uno el mínimo exigido para congeladores y refrigeradores, o cuartos fríos equivalentes. Es un cambio en la capacidad mínima de conservación que sustenta la evaluación operativa de cocinas para preparar y distribuir alimentos.
“Congelador (mínimo 7 pies cúbicos", o cuarto frió congelador ( ver nota 2) 2 2 … Congelador . o cuarto frío congelador 1 2”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El texto anterior preveía inspecciones sorpresivas; la nueva redacción dispone que se contacte al representante horas antes para coordinar la visita. La anticipación puede reducir la capacidad de observar las condiciones habituales de la cocina y merece verificarse cómo se aplicará en la evaluación.
“Las inspecciones serán de manera sorpresivas y grabadas para respaldar la información levantada … A los fines de inspección, los peritos actuantes se comunicarán con el representante autorizado horas antes, con el propósito de coordinar la ”
El acta adopta el criterio de adjudicación basado en calidad. El artículo 83.4 del Reglamento reserva ese criterio, con carácter excepcional y debidamente justificado, a servicios complejos y altamente especializados; procede comprobar que el expediente sustente esa condición para este servicio de alimentación escolar.
“conforme a lo establecido en el artículo 83 del Decreto núm. 416-23 en específico el criterio de calidad.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
La enmienda agrega respaldo impreso y dispone que, si difiere de las memorias USB, prevalezca la información que resulte verificable al abrir. El criterio no identifica de antemano cuál soporte prevalece ni cómo se resuelve una discrepancia sustantiva, por lo que conviene revisar su aplicación y constancia en las aperturas.
“En caso de discrepancia entre la información contenida en las memorias USB y el respaldo físico, prevalecerá la información que resulte verificable al momento del acto de apertura de ofertas, dejando constancia de ello en el acta correspond”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · Reglamento 416-23, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
Numeral 6 y Sección III, numeral 5Duración del servicio y vigencia contractual
Servicio: 30 meses. Vigencia del contrato: 36 meses.
Servicio: 24 meses. Vigencia del contrato: 30 meses.
Neutral
Numeral 9.1, presentación de ofertasPresentación excepcional en soporte físico digital y respaldo
La presentación física en USB se admitía ante una falla del SECP demostrada mediante captura de pantalla y corroborada por la DGCP.
Admite USB y respaldo impreso íntegro cuando exista falla probada y corroborada por la DGCP; ante discrepancias entre ambos, prevalecerá lo verificable al abrir.
Relaja
Numeral 11.6.1, credenciales y documentación legalGeolocalización de la cocina
Se requerían coordenadas UTM de la cocina.
Se requiere geolocalización expresada en longitud y latitud.
Aclara
Numeral 12.1.5, evaluación de capacidad instaladaCantidades mínimas y puntuación de equipos
Se exigían dos congeladores y dos refrigeradores, o equivalentes en cuartos fríos; la tabla asignaba 34 puntos totales.
Se establece un congelador y un refrigerador, o un cuarto frío de cada tipo; la tabla revisada totaliza 37 puntos y modifica puntuaciones de equipos.
RelajaQuita un control: Se reduce de dos a uno el mínimo de equipos de congelación y refrigeración, disminuyendo el control de capacidad de almacenamiento en frío exigido para habilitar.
Numerales 12.1.6 y 12.1.7, equipos adicionales y opcionalesPonderación de equipos adicionales y opcionales
Los equipos adicionales podían sumar 12 puntos y los opcionales hasta 9; estos últimos incluían 4 puntos por NORDOM 646.
Los equipos adicionales pueden sumar 13 puntos y los opcionales hasta 5; la tabla opcional ya no incluye NORDOM 646.
Neutral
Notas de inspección técnicaCoordinación previa de las inspecciones
Las inspecciones se describían como sorpresivas y grabadas.
Los peritos comunicarán al representante autorizado, horas antes, para coordinar la visita; esta será grabada.
RelajaQuita un control: La comunicación anticipada debilita el carácter sorpresivo de la inspección física de las instalaciones y equipos.
Numeral 12.3, criterio de adjudicaciónCriterio de adjudicación basado en calidad
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Se consideraban calidad y demás condiciones, y los oferentes se ordenaban por puntuación técnica para asignar raciones.
Se especifica que el criterio de adjudicación es el de calidad; la asignación considera puntuación técnica y capacidad adjudicable verificada.
Aclara
Numeral 12.3, rango de distanciaLímite excepcional de distancia
Se permitía considerar excepcionalmente una distancia de hasta 75 kilómetros en casos de mayor complejidad territorial.
La ampliación excepcional se limita a un máximo de 50 kilómetros en casos específicos de mayor complejidad territorial.
Endurece
Numeral 12.3 y notas de inspecciónInspección posterior al inicio para cocinas nuevas o con plan de mejora
No se establecía en este pasaje una inspección obligatoria dentro de un plazo definido tras iniciar el servicio para estos casos.
Si la cocina no había iniciado operaciones o está bajo plan de mejora al adjudicar, se realizará inspección obligatoria dentro del primer mes de servicio.