El Acta núm. 0365-2026, de 2026-08-07, aprueba la evaluación económica y adjudica 106 grupos referenciales de San Cristóbal a 106 proveedores para los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028: 37.581.560 raciones por RD$3.522.421.906,74 con ITBIS. Registra 139 oferentes habilitados para la distribución, de los cuales 33 quedaron sin asignación, y declara no habilitada económicamente a ALIMENTOS PPG SRL. También valida criterios excepcionales de evaluación económica y dispone remisiones a la DGII y PRO-COMPETENCIA respecto de hallazgos de debida diligencia.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (4)
GraveHallazgo en documentosPendiente de revisiónRD$184.1 millones
El acta consigna que se habilitaron ofertas económicas por vía extraordinaria y adjudica grupos, entre otros, a SJ & R Multiservi, Augostos DS e Hipermoon. La adjudicación a oferentes rehabilitados tras reconsideración es un resultado que merece revisión de la secuencia, fundamentos y aplicación uniforme de las reevaluaciones.
“«treinta y uno (31) resultaron CUMPLE / HABILITADO» … «ADJUDICA a los oferentes que cumplieron con las especificaciones técnicas y económicas»”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Oferentes que registra (17)
10 adjudicado · 6 suplente · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
SJ & R Multiservi, SRLAdjudicado al grupo G-14; habilitación económica por vía extraordinaria.
Adjudicado
G-14
RD$69,077,094
Augostos DS, SRLAdjudicado al grupo G-71; habilitación económica por vía extraordinaria.
Adjudicado
G-71
RD$62,103,775
Hipermoon, SRLAdjudicado al grupo G-69; habilitación económica por vía extraordinaria.
Adjudicado
G-69
RD$52,524,835
Trenmore Company, SRLAdjudicado al grupo G-29; habilitación económica por vía extraordinaria.
D' Lía Martínez al Punto Gourmet, SRLAdjudicado al grupo G-82. El registro consultado posteriormente consigna condición MIPYME: No; esa consulta no acredita cuál era su condición al adjudicarse.
Considerando cuarto; criterios excepcionales de evaluación económicaTolerancia en el monto de la garantía de seriedad
El pliego requería una garantía equivalente al 1 % del valor total de la oferta.
Se admiten diferencias por defecto de hasta RD$1.000 respecto del 1 %, sujetas a evaluación y motivación en cada caso.
RelajaQuita un control: Debilita parcialmente la comprobación de que la garantía cubre el 1 % íntegro del valor ofertado.
Considerando cuarto; criterios excepcionales de evaluación económicaFirma, sello y código de referencia en formularios
El acta describe como exigidos formularios y documentos firmados, sellados y con referencia del procedimiento.
Se admite omitir el código de referencia y subsanar firma o sello al firmar el contrato, con el mismo documento y sin cambiar su contenido.
RelajaQuita un control: Difiere la comprobación contemporánea de autoría y vinculación inequívoca del documento con el proceso hasta la firma contractual.
Considerando cuarto; vigencia de garantíaVigencia de la garantía de seriedad
El criterio previamente aplicado exigía vigencia hasta la fecha mínima indicada para la suscripción contractual.
Se admiten garantías vigentes hasta la firma del contrato de adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita parcialmente la comprobación de que la garantía cubre el 1 % íntegro del valor ofertado.; Difiere la comprobación contemporánea de autoría y vinculación inequívoca del documento con el proceso hasta la firma contractual..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acta informa 134 habilitados técnicamente en el informe consolidado, pero luego indica que se evaluaron 108 ofertas económicas ordinarias y 32 extraordinarias: 140 en total. No queda conciliada en el documento la habilitación técnica de esos seis participantes adicionales; debe verificarse qué acto o evaluación sustentó que sus sobres económicos fueran evaluados.
“la habilitación de ciento treinta y cuatro (134) oferentes y la no habilitación de veintiún (21) oferentes … los ciento ocho (108) oferentes cuyos Sobres Bfueron aperturados por la vía ordinaria … los treinta y dos (32) oferentes”
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
D' Lía Martínez al Punto Gourmet, SRL fue adjudicada en un procedimiento dirigido a MIPYMES. El dato de registro suministrado, consultado el 2026-09-28, indica condición MIPYME: No; como es posterior a la adjudicación, no prueba su condición en la fecha del procedimiento, pero conviene verificar el certificado y estado aplicables al momento de ofertar y adjudicar.
“D LIA MARTINEZ AL PUNTO GOURMET SRL … MEDIANTE LA CUAL SE CONOCERÁN LOS INFORMES DE EVALUACIÓN ECONÓMICA (SOBRE B) Y RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 152 · Reglamento 416-23, art. 159 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 152 — Ámbito de aplicación
Artículo 152. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente sección aplican a todas las compras y contrataciones que realicen las instituciones contratantes dirigidas a: 1. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) en sentido general. 2. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) donde las mujeres tengan una participación accionaria o capital social superior al cincuenta por ciento (50 %) y que sean lideradas por mujeres. 3. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) de bienes y servicios de fabricación o producción industrial, con registro industrial emitido por PROINDUSTRIA. Párrafo. Las micro, pequeñas y medianas empresas a las que se aplicarán estas…
Artículo 159. Participación. En los procedimientos dirigidos MIPYMES solamente podrán participar aquellas que se encuentren certificadas como MIPYMES por el Ministerio de Industria y Comercio y por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) e inscritas bajo tal condición en el Registro de Proveedores del Estado. Párrafo I. Las MIPYMES en general, MIPYMES mujeres y MIPYMES industriales, además de participar en los procedimientos dirigidos exclusivamente a éstas, podrán a su vez presentar ofertas en los demás procedimientos de selección previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento, para ampliar sus oportunidades de participación y…
Fumidoom, SRLHabilitado y considerado en la distribución, pero sin asignación de raciones; figura como lugar ocupado.
Suplente
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Sermax & Sawel, SRLHabilitado y considerado en la distribución, pero sin asignación de raciones; figura como lugar ocupado.
Suplente
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Massiel Leandy Alvarez RamírezHabilitada y considerada en la distribución, pero sin asignación de raciones; figura como lugar ocupado.
Suplente
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Manel, SRLHabilitado por vía extraordinaria, pero sin asignación de raciones; figura como lugar ocupado.
Suplente
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Avidesa Servifood, SRLHabilitado por vía extraordinaria, pero sin asignación de raciones; figura como lugar ocupado.
Suplente
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Daus Events, SRLHabilitado por vía extraordinaria, pero sin asignación de raciones; figura como lugar ocupado.
Suplente
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Alimentos PPG, SRLNo habilitado en la evaluación económica extraordinaria: garantía de seriedad con vigencia inferior a la mínima requerida y con provincia licitada consignada erróneamente como Santiago en vez de San Cristóbal.