Publicado el 16 sept de 2026Fechado el 14 sept de 202613 páginasEn el mensaje «Notificación Resolución Modificación del Cronograma de Actividades- MIVHED-CCC-CP-2026-0010»
La Resolución MIVHED/CCP/2026/261, adoptada el 15 de septiembre de 2026, modifica nuevamente el cronograma del proceso MIVHED-CCC-CP-2026-0010. Fija la adjudicación hasta el 23 de septiembre, la constitución de la garantía hasta el 5 de octubre, la suscripción hasta el 16 de octubre y la publicación del contrato hasta el 19 de octubre de 2026; la notificación se programa hasta el 25 de septiembre. El Comité atribuye la extensión a la revisión de actuaciones pendientes durante la transición de autoridades y declara que no modifica el pliego, los criterios de evaluación ni las ofertas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (1)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaPendiente de revisiónRD$80.7 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Inpatec, S.R.L..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
Oferentes que registra (9)
6 no habilitado · 2 habilitado · 1 habilitado por vía extraordinaria
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Consorcio CCR ReviconFigura como no habilitado en el resultado definitivo rectificativo de evaluación técnica; esta resolución no detalla el motivo.
No habilitado
Lote único
—
Lidamar Interprices, S.R.L.Figura como habilitado en el resultado definitivo rectificativo de evaluación técnica.
Habilitado
Lote único
RD$80,703,623
Premium Business Service, S.R.L.Figura como no habilitado en el resultado definitivo rectificativo de evaluación técnica; esta resolución no detalla el motivo.
No habilitado
Lote único
RD$0
Constructora CMG, S.R.L.Figura como habilitado en el resultado definitivo rectificativo de evaluación técnica.
Habilitado
Lote único
RD$80,601,641
Cuevas Nin Constructora, S.R.L.Figura como no habilitado en el resultado definitivo rectificativo de evaluación técnica; esta resolución no detalla el motivo.
No habilitado
Lote único
RD$80,703,623
Refamar Ingeniería y Construcción, S.R.L.Figura como no habilitado en el resultado definitivo rectificativo de evaluación técnica; esta resolución no detalla el motivo.
No habilitado
Lote único
RD$80,236,117
Inversiones Peyco, S.R.L.Figura como no habilitado en el resultado definitivo rectificativo de evaluación técnica; esta resolución no detalla el motivo.
No habilitado
Lote único
RD$83,999,254
Celna Enterprises, S.R.L.Figura como no habilitado en el resultado definitivo rectificativo de evaluación técnica; esta resolución no detalla el motivo.
Sección I: Informaciones particulares del procedimiento — Cronograma de actividadesPrórroga de adjudicación y actuaciones posteriores
Según el cronograma anterior: adjudicación hasta el 17 de septiembre de 2026; notificación hasta el 25 de septiembre; garantía hasta el 28 de septiembre; suscripción hasta el 5 de octubre; publicación hasta el 6 de octubre.
Adjudicación hasta el 23 de septiembre de 2026; notificación hasta el 25 de septiembre; garantía hasta el 5 de octubre; suscripción hasta el 16 de octubre; publicación hasta el 19 de octubre.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La resolución consigna que, tras la rectificación de la evaluación técnica, fue habilitado; se indica que documentos presentados en subsanación no fueron visualizados correctamente durante la evaluación inicial.