El informe definitivo de evaluación técnica del proceso MIVHED-CCC-LPN-2026-0001, fechado el 21 de mayo de 2026, recomienda habilitar cinco oferentes y no habilitar cuatro para la apertura de las ofertas económicas. Lidamar obtuvo 67 puntos; OICA, Constructora HPP, Constructora CMG y CQ Construcciones obtuvieron entre 67 y 70 puntos, frente al mínimo de 56 establecido en el pliego. El informe no adjudica ni consigna montos ofertados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe afirma que el Ingeniero Residente II de HPP no cumplía el tiempo requerido, pero declara Cumple a la documentación técnica y la habilita con 67 puntos. Los antecedentes aportados indican que una evaluación rectificativa posterior reconoció la experiencia; conviene verificar la trazabilidad y el fundamento de ambas evaluaciones.
““El Ingeniero Residente II no cumple con el tiempo requerido, según se pudo confirmar en la certificación de la TSS.” … “Documentación Técnica | Cumple | El oferente obtuvo una calificación de 67 puntos, cuyo puntaje supera el mínimo de 56 ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El requisito reproducido exige declarar que los contratos en ejecución con el MIVHED y entidades suprimidas alcanzan al menos 80% de ejecución. Por su alcance institucional específico, puede restringir la participación de empresas con contratos vigentes y merece comprobar su proporcionalidad y relación con la capacidad necesaria para esta obra.
““Que los contratos en ejecución con el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones, así como con las suprimidas Oficina de Ingeniero Supervisores del Estado (OISOE), e Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) presentan una ejecución ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El documento reproduce exigencias de líneas o montos bancarios disponibles de 30% del presupuesto para grandes empresas y 15% para MIPYMES, además de crédito comercial o de suplidores de al menos 30% y stock de materiales. La carga financiera acumulada puede limitar la concurrencia; procede verificar su proporcionalidad respecto del objeto y el presupuesto.
““Para las grandes empresas, el treinta por ciento (30%) del presupuesto de referencia de este proceso y (ii) Para las MIPYMES y personas físicas el quince por ciento (15%) del presupuesto de referencia de este proceso” … “Dichas certificaci”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Oferentes que registra (9)
5 habilitado · 4 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Constructora Stone Mountain, S.R.L.La certificación de disponibilidad de crédito equivalía al 20% del presupuesto estimado, por debajo de lo exigido; obtuvo 30 puntos, menos del mínimo de 56.
No habilitado
—
—
Ingenieros Sanitarios Asociados, S.R.L.Inconsistencia no subsanable entre el anexo A-1 de la declaración IR-2 de 2023 y el estado de situación financiera de ese año.
No habilitado
—
—
Constructora Gacasa, S.R.L.Los índices de endeudamiento de 2024 y 2023 excedieron los límites establecidos en el pliego.
No habilitado
—
—
Lidamar Interprices, S.R.L.Cumplió las evaluaciones legal y financiera y obtuvo 67 puntos, por encima del mínimo de 56.
Habilitado
—
—
OICA, S.R.L.Cumplió las evaluaciones legal y financiera y obtuvo 70 puntos, por encima del mínimo de 56.
Habilitado
—
—
Constructora HPP, S.R.L.El informe la declara técnicamente habilitada con 67 puntos. Indica que el Ingeniero Residente II no cumplía el tiempo requerido; una evaluación rectificativa posterior, según los antecedentes aportados, reconoció que cumplía la experiencia.
Habilitado
—
—
Seven Caves Chain, S.A.No se evidenció un plan de trabajo que detallara todas las pautas del proyecto; el informe lo considera un incumplimiento no subsanable.
No habilitado
—
—
Constructora CMG, S.R.L.Cumplió las evaluaciones legal y financiera y obtuvo 70 puntos, por encima del mínimo de 56.
Habilitado
—
—
CQ Construcciones, S.R.L.Cumplió las evaluaciones legal y financiera y obtuvo 70 puntos, por encima del mínimo de 56.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona