El Comité de Compras y Contrataciones del MOPC aprobó el 19 de enero de 2026 el informe rectificativo de la evaluación económica y recomendación de adjudicación del proceso de emergencia por la tormenta Melissa (Grupo I). La tabla rectificada asigna los lotes 1 a 12 a doce adjudicatarios y corrige sus montos; para el lote 4 consigna a Consorcio CODEM LATAM por RD$260,758,466.36.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla rectificada asigna RD$260,758,466.36 del lote 4 a Consorcio CODEM LATAM. Según los datos registrales aportados, su actividad inició el 19 de noviembre de 2025 y su inscripción en el RPE consta el 24 de noviembre, un día antes del cierre de ofertas; conviene verificar cómo se acreditaron la experiencia, solvencia y capacidad del consorcio y sus integrantes al evaluar la oferta.
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Artículo 26. Acuerdo consorcial. Los consorcios deberán acreditar ante la institución contratante el acuerdo o convenio por el cual se formalizan, incluyendo su objeto, las obligaciones de las partes para la preparación y presentación de ofertas y la ejecución contractual, la capacidad de ejercicio de cada miembro, así como la solvencia económica y financiera y la idoneidad técnica y profesional de este último. Dicha solvencia e idoneidad se podrá acreditar mediante la sumatoria acumulada de las credenciales de cada uno de los miembros. Párrafo. Los consorcios deberán designar un representante o gerente único, mediante un poder mancomunado o en el acuerdo consorcial. En caso de que ocurra…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El acta rectificada asigna a Consorcio CODEM LATAM el lote 4 por RD$260,758,466.36, pero el listado de contratos del portal aportado no muestra un contrato a su nombre, aunque el proceso figura como adjudicado y celebrado. La diferencia puede corresponder a un registro pendiente; procede verificar la formalización y publicación del contrato.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Adjudicación, lotes y montosRectificación de la tabla de adjudicación
El acto previo incluía a Antigua Investments entre los adjudicatarios; el documento no detalla allí su lote ni los montos rectificados.
La tabla rectificada asigna el lote 4 a Consorcio CODEM LATAM y presenta montos corregidos para los doce lotes, incluidos RD$260,758,466.36 para el lote 4 y RD$206,552,336.15 para Malespin, lote 1.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Metus Proyectos, SRLAdjudicataria del lote 12; monto corregido consignado en la tabla.
Adjudicado
Lote 12
RD$309,850,245
Antigua Investments, SRLMencionada entre las adjudicatarias del acto previo; no figura en la tabla rectificada, que asigna el lote 4 a Consorcio CODEM LATAM.