Publicado el 20 ene de 2026Fechado el 18 ene de 202610 páginasEn el mensaje «INFORME RECTIFICATIVO DE EVALUACION PERICIAL DE OFERTAS ECONOMICAS Y ACTA DE ADJUDICACION»
El Acto Administrativo de Rectificación núm. MOPC-RECT-002-2026, de 2026-01-19, aprueba el informe rectificativo de evaluación económica y recomendación de adjudicación del proceso MOPC-MAE-PEEN-2025-0004. Sustituye la tabla de adjudicación para los lotes 1 al 12, con montos corregidos que suman aproximadamente RD$3,452.84 millones; la nueva tabla asigna el lote 4 al Consorcio CODEM LATAM, aunque el acta recuerda que la adjudicación original incluyó a Antigua Investments, SRL.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta recuerda que Antigua Investments fue adjudicada en el acto del 29/12/2025, pero la tabla rectificativa asigna el lote 4 al Consorcio CODEM LATAM por RD$260,758,466.36. La modificación del ganador aparece en la parte dispositiva sin explicar en este acto la causa concreta de ese cambio.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
La tabla fija para los lotes 4 y 12 montos adjudicados superiores a los presentados: RD$203,902.32 y RD$409,883.92, respectivamente. El acta atribuye el informe rectificativo a errores involuntarios, pero no identifica aquí los cálculos que sustentan esos aumentos; conviene contrastarlos con las ofertas y las correcciones aritméticas aceptadas.
Artículo 129. Correcciones aritméticas. La corrección de errores aritméticos será aplicada por los peritos y se hará de la siguiente manera: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el total será corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, se procederá de igual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalecerá el monto expresado en letras. Párrafo I. En caso de que no se indique si el precio ofertado incluye ITBIS, se solicitará aclaración del…
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Consorcio CODEM LATAMLa tabla rectificativa le asigna el lote 4; el acta había nombrado a Antigua Investments entre los adjudicatarios del acto anterior.
Adjudicación económica, lotes 1–12Rectificación de montos adjudicados
El informe económico del 26/12/2025 y el acto de adjudicación del 29/12/2025; la tabla rectificativa también registra los montos presentados por lote.
El acto aprueba una tabla con montos corregidos adjudicados para los 12 lotes. Entre otros cambios, el lote 4 pasa de RD$260,554,564.04 presentado a RD$260,758,466.36 adjudicado y el lote 12 de RD$309,440,361.17 a RD$309,850,245.09.
Neutral
Adjudicación, lote 4Oferente consignado como adjudicatario
El acta recuerda que el acto de adjudicación del 29/12/2025 incluyó a Antigua Investments, SRL.
La tabla operativa rectificativa asigna el lote 4 al Consorcio CODEM LATAM, por RD$260,758,466.36.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Antigua Investments, SRLEl acta la incluye en la relación de adjudicatarios del acto del 29/12/2025, pero no figura como adjudicataria en la tabla rectificativa.