El pliego establece las reglas para contratar obras viales de emergencia por la tormenta Melissa, organizadas en doce lotes, con un presupuesto base consignado de RD$3,765,658,905.53 y ejecución máxima de seis meses. Fija la recepción de ofertas para el 25 de noviembre de 2025, ocho días calendario después de la convocatoria del 17 de noviembre, y prevé adjudicar un lote por proveedor, aunque reserva la posibilidad de asignar lotes adicionales si quedan desiertos. El documento también impone requisitos técnicos, financieros y de equipos, y establece límites de precio de ±10% respecto del presupuesto del lote.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (6)
A revisarHallazgo en documentosRD$3.8 mil millones
El plazo entre la convocatoria y la recepción de ofertas es de ocho días calendario para un proceso que comprende doce lotes y numerosas obras de distinta naturaleza. En una excepción competitiva los plazos deben ser razonables y proporcionales; conviene verificar si ese tiempo permitió preparar ofertas técnicas y económicas comparables.
“lunes, 17 de noviembre de 2025 6:00:00 p. m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
El pliego dispone que se adjudique un solo lote por proveedor, pero permite adjudicar lotes adicionales a oferentes habilitados cuando queden lotes desiertos y la medida se considere conveniente, sin fijar una regla objetiva para esa excepción. Esto puede alterar el reparto previsto y la posición de los oferentes.
“Se adjudicará un (1) solo lote por proveedor, según resulte la evaluación de ofertas, a fines de cumplir con el objetivo indicado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El pliego excluye para adjudicación ofertas que superen en más de 10% el presupuesto del lote y las denomina «precio predatorio», aunque en otra disposición del propio documento describe los precios predatorios como excesivamente bajos. La regla puede excluir propuestas por encima del presupuesto sin que el texto aporte una justificación técnica para ese umbral.
“Si el precio total ofertado es superior en más de un diez por ciento (10%) en relación con el presupuesto base establecido en el Anexo I – Listado de partidas (Correspondiente al Lote Ofertado), la oferta no será tomada en cuenta para la ad”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El pliego exige una lista extensa de equipos mínimos, incluida maquinaria vial pesada, para la oferta técnica, aunque los lotes abarcan trabajos variados como puentes, drenajes, gaviones y caminos. Conviene comprobar si la exigencia se aplicó proporcionalmente a cada lote y si la lista corresponde a los equipos necesarios para ejecutar sus partidas.
“E) EQUIPOS: Relación de equipos mínimos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego incluye la garantía de seriedad entre los documentos de la oferta económica y regula su subsanación; sin embargo, la circular del 21 de noviembre, según el resumen de otros documentos del proceso, indica que no se exigirá. La diferencia puede generar incertidumbre sobre el requisito aplicable y el tratamiento de ofertas que no la incluyeran.
“Los oferentes deberán presentar en su oferta económica “Sobre B”, los siguientes documentos:”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 195 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 195 — Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 195. Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. Es aquella que se constituye a favor del ente u órgano contratante, a fin de asegurar el mantenimiento y seriedad de las condiciones técnicas y precios de la propuesta presentada, hasta la suscripción del contrato. Párrafo. En los sorteos de obras, subasta inversa y en los procedimientos de excepción por selección directa no se solicitará presentación de garantía de mantenimiento de seriedad de la oferta. En los casos de emergencia nacional, las instituciones contratantes determinarán la razonabilidad de requerir o no este tipo de garantía, considerando el tiempo otorgado entre la convocatoria, la presentación de oferta y la…
El documento establece doce lotes y prevé adjudicaciones por lote, mientras que la ficha del portal recibida con el proceso indica «Por lotes: no». Esta discrepancia merece verificarse contra la configuración del SECP y los resultados publicados, pues afecta la trazabilidad de ofertas y adjudicaciones por lote.
“El presente proceso esta dividido en doce (12) Lotes:”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…