Publicado el 4 ago de 2025Fechado el 31 jul de 202557 páginasEn el mensaje «INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN TÉCNICA DEL PROCEDIMIENTO "CONTRATACION DE ADECUACIONES, REPARACIONES Y TRABAJOS DE ACABADOS EN PLANTELES ESCOLARES EN LAS PROVINCIAS SANTO DOMINGO, MONTE PLATA Y DISTRITO NACIONAL, DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE A MIPYMES".»
El informe preliminar de evaluación técnica, emitido el 1 de agosto de 2025, revisa las ofertas técnicas de 36 participantes del proceso DIE-CCC-CP-2025-0005. Recomienda notificar a los oferentes con observaciones para que subsanen documentos hasta el 6 de agosto de 2025; el informe no adjudica ni declara habilitaciones definitivas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe afirma que los peritos se reunieron el 1 de julio para presentar resultados preliminares, pero también registra que las ofertas se recibieron y abrieron el 22 de julio. La secuencia descrita es incompatible con una evaluación de ofertas aún no recibidas y merece verificar la fecha consignada y la trazabilidad de la evaluación.
“Que en fecha 01 de julio de 2025, los peritos suscribientes designados por el Comité de Compras y Contrataciones mediante acto administrativo , se reunieron a fin de presentar de manera consolidada los resultados de la evaluación preliminar”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 119 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Mencionado
No indicado
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IGBT, SRLEvaluación preliminar: debe subsanar documentación legal, financiera y técnica.
Mencionado
1, 2, 3, 4, 5 y 6
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Constructora CAG, SRLEvaluación preliminar: debe subsanar la tabla de rendimientos técnica.