Publicado el 9 sept de 2025Fechado el 8 sept de 202522 páginasEn el mensaje «Acto Administrativo de Adjudicación e Informe Definitivo DIE-CCC-CP-2025-0005»
El informe definitivo de evaluación económica, fechado el 2025-09-09, revisa 19 ofertas de RD$31,000,000 cada una y considera que cinco cumplen el pliego. Recomienda adjudicar los seis lotes por RD$31,000,000 cada uno, para un total de RD$186,000,000: los lotes 1 y 2 a Constructora Ing. Germán A. Caraballo A. & Asociados, y los lotes 3 a 6 a Consarq, Shanghai Inversiones, Constructora G2 y Grupo BVC, respectivamente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En el lote 3 se recomienda a Consarq por RD$4,409,330.91, aunque la tabla muestra a Caraballo con RD$4,349,774.57; en el lote 4 se recomienda a Shanghai por RD$4,530,358.85, pese a que Consarq figura con RD$4,409,330.91. El informe invoca adjudicar al menor precio entre ofertas que cumplieron, por lo que estas diferencias requieren conciliar la recomendación con los criterios y la evaluación por lote.
“1 CONSARQ, SRL $4,409,330.91 $31,000,000.00 RECOMENDADO A LA ADJUDICACION … 2 CONSTRUCTORA ING. GERMÁN A. CARABALLO A. & ASOCIADOS, SRL $4,349,774.57 … SHANGHAI INVERSIONES, SRL $4,530,358.85 $31,000,000.00 RECOMENDADO A LA”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El informe identifica a Constructora Ing. Germán A. Caraballo A. & Asociados con RNC; los datos del Registro de Proveedores aportados para este proceso identifican ese mismo RNC como Constructora Gacasa, que también aparece en los contratos del portal. Es necesario conciliar la identidad consignada en la oferta y recomendación con el registro y los contratos, sin que la coincidencia por sí sola determine cuál denominación es correcta.
“3.CONSTRUCTORA ING. GERMAN A. CARABALLO A. & ASOCIADOS. SRL [RNC]”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
PIMENGROUP, SRLNo cumple: faltan insumos en análisis de costos y hay accesorios incluidos que no corresponden, entre otras observaciones.
No habilitado
1 y 3
RD$31,000,000
Construcciones y Servicios Socoa, SRLNo cumple: faltan materiales requeridos y se incluyen componentes distintos a los especificados en varios análisis.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
1, 2, 3, 4, 5 y 6
RD$31,000,000
Leteja, S.R.LNo cumple: discrepancia entre montos de análisis y listado referencial, faltan insumos y subpartidas.
No habilitado
4
RD$31,000,000
Nuespi Ingeniería, SRLNo cumple: faltan cableado requerido y puerta en el análisis de una partida.