Publicado el 16 jul de 2025Fechado el 13 jul de 202565 páginasEn el mensaje «Acto Administrativo del Informe Definitivo e Informe Definitivo DIE-CCC-CP-2025-0003»
El informe definitivo de evaluación técnica, emitido el 14 de julio de 2025 para el proceso DIE-CCC-CP-2025-0003, recomienda habilitar nueve oferentes en determinados lotes y no habilitar a los demás revisados. Recomienda declarar desiertos los lotes 3, 4 y 9; no adjudica ni informa montos ofertados o adjudicados.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cuadro consolidado marca la documentación técnica como cumplida, pero la evaluación individual describe incumplimientos del cronograma en los lotes 2 y 10, mientras que la tabla final también registra incumplimiento de requisitos no subsanables. La divergencia amerita verificar cómo se aplicaron y consolidaron los criterios, aunque el oferente quedó no habilitado.
“El oferente no cumple con el Cronograma Ejecución de Obra con Recursos Nivelados. (No Subsanable). El oferente no cumple, debido a que, en el Lote 2 tiene sobreasignación de recursos de ayudante a Jardinero, Trabajador calificado a Jardiner”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 124 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
La fila de SOCOA consigna activos totales de RD$4,347,679.91 y pasivos totales de RD$10,378,944.71, pero muestra solvencia de 1.35; la división de esos valores arroja aproximadamente 0.42. Aunque el informe también registra un índice de endeudamiento incumplido y recomienda no habilitarla, conviene comprobar la cifra usada en la evaluación financiera.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 124 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Oferentes que registra (41)
32 no habilitado · 9 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
LA GRAN MURALLA IMPORT, SRLNo cumplió índices financieros y requisitos técnicos no subsanables, incluido el Plan de Seguimiento y Control del Proyecto.
No habilitado
6
—
SOMOS J. ARQUITECTOS E INGENIEROS, SRLNo cumplió los índices financieros y requisitos técnicos no subsanables, incluidos formularios y el Plan de Seguimiento y Control.
No habilitado
5
—
SUPLICAB, SRLPersistieron diferencias financieras; no acreditó experiencia y equipos, y no cumplió requisitos técnicos y no subsanables.
No habilitado
2, 5, 6 y 10
—
MADELINE SALDIVAR CEBALLOSNo presentó anexos fiscales ni plantilla de personal; no acreditó índices financieros y presentó incumplimientos técnicos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
CONSTRUCTORA CRUZ MUÑOZ, SRLNo cumplió formularios no subsanables, cronograma y plan de seguimiento; también se identificó sobreasignación de recursos.
No habilitado
8
—
CONSTRUCTORA GREA, SRLNo cumplió el índice de liquidez y varios requisitos técnicos, incluidos fichas, listado de partidas, cronograma y plan de seguimiento.
No habilitado
5
—
INVERSIONES ALPIC, SRLNo cumplió varios requisitos técnicos no subsanables, cronograma y plan de seguimiento.
No habilitado
2 y 4
—
PALITROQUE GROUP, SRLPersistieron diferencias financieras y no cumplió requisitos de experiencia, CODIA, cronograma y plan de seguimiento.
No habilitado
5 y 6
—
CONSTRUCTORA RODI, SRLPresentó sobreasignación de recursos y no cumplió el plan de seguimiento digital.
No habilitado
5
—
PROYECTO KRAV, SRLNo subsanó declaración jurada ni plantilla de personal, y el cronograma no cumplió lo requerido.
No habilitado
10 y 16
—
AMANCIO R. MULTISERVICES SRLPresentó diferencias financieras y de lote en la declaración jurada, experiencia insuficiente y varios incumplimientos técnicos.
ANTIGUA INVESTMENTS, SRLNo acreditó experiencia satisfactoria, omitió gastos indirectos y presentó sobreasignación de recursos.
No habilitado
7 y 8
—
TERRASKY SERVICES, SRLPresentó diferencias y no cumplió índices financieros, formularios no subsanables, cronograma y plan de seguimiento.
No habilitado
10
—
GLOBAL SOLUTION ENTERPRISE, GSE, RD, SRLEl cuadro consolidado registra incumplimiento de requisitos no subsanables; el informe individual también señala sobreasignación de recursos en los lotes ofertados.
No habilitado
2 y 10
—
CONSTRUCTORA DICON DEL CARIBE, SRLHabilitado para los lotes 6 y 7; el lote 5 fue excluido por sobreasignación de recursos y experiencia insuficiente del residente.
Habilitado
6 y 7
—
METAL - ACD, SRLEl informe lo consigna como cumplidor de la documentación legal, financiera y técnica.
Habilitado
6
—
SMARTIOT, E.I.R.LNo actualizó el RPE, no presentó información financiera completa ni acreditó experiencia y requisitos técnicos.
No habilitado
5 y 8
—
DEGHE SOLUCIONES ELECTRICAS, SRLNo actualizó el RPE, no presentó TSS ni estados financieros completos y no subsanó requisitos técnicos.