Fund. de Ayuda A Niños Desnutrido · Importadora Barbera, SRL
Dueño de un proveedor del Estado en un padrón de beneficiarios
· hace 6 añosRD$101.8 millones
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
Fund. de Ayuda A Niños Desnutrido · Importadora Barbera, SRL
· hace 6 añosRD$101.8 millones
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| ADQUISICION DE JUGUETES CONVENCIONALES PARA NIÑOS Y NIÑAS 2019PARA SER DONADOS EN EL OPERATIVO NAVIDEÑO 2019 | Plan Asistencia Social de la Presidencia (Inactiva) | RD$7.3 millones | 17 dic de 2019 | Cerrado |
| ADQUISICIÓN DE JUGUETES CONVENCIONALES PARA NIÑOS Y NIÑAS OPERATIVO NAVIDAD 2018 | Plan Asistencia Social de la Presidencia (Inactiva) | RD$2.5 millones | 9 nov de 2018 | Cerrado |
| SUMINISTRO DE 600 CANASTILLAS DE BEBE PARA ABASTECER INVENTARIO | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$975,780 | 25 jun de 2018 | Cerrado |
| ADQUISICION DE ELECTRODOMESTICOS REQ. 6160 Y 6291 | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$1.3 millones | 4 may de 2018 | Activo |
| ADQUISICIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS PARA DONACIÓN | Plan Asistencia Social de la Presidencia (Inactiva) | RD$87.4 millones | 3 may de 2018 | Cerrado |
| ADQUISICIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS PARA DONACIÓN | Plan Asistencia Social de la Presidencia (Inactiva) | RD$87.4 millones | 1 may de 2018 | Cancelado |
| ADQUISICION DE ARTICULOS DESECHABLES, LIMPIEZA, HIGIENE Y OTROS |
Según documentos societarios que instituciones del Estado publicaron junto a ofertas y credenciales de esta empresa (certificados de registro mercantil, actas de asamblea y estatutos). La composición pudo cambiar después de la fecha del documento.
| Nombre | Rol | Participación | Fuente |
|---|---|---|---|
| Carolina Giraldi Saviñon | Accionista | Documento societarioDocumento en dgcp.gob.do, pág. 106 | |
| Reynaldo Rogelio Pérez Molina | Accionista | Documento societarioDocumento en dgcp.gob.do, pág. 106 |
Los nombres salen de documentos públicos y se enlazan por nombre: coincidir en el nombre no prueba que sea la misma persona.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto la razón social Proveedora de Bienes y Servicios HC PROBISER, S.R.L., con relación al procedimiento de Licitación Pública Nacional No. PASP-LPN-001-2015 llevado a cabo por el Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP) para “compra de artículos comestibles”, por haber sido interpuestos conforme a los plazos y las formalidades establecidas en el…
Proceso: PASP-LPN-001-2015
Empresas: PROVEEDORA DE BIENES Y SERVICIOS HC PROBISER, SRL (presentó la acción)Briquetas Nacionales, SRLCaribbean Food Supply, S.R.L.Casa Paco, SACompañía de Inversiones Dumfries, SRLEmpresas Integradas, SASy 14 más
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto la razón social Proveedora de Bienes y Servicios HC PROBISER, S.R.L., con relación al procedimiento de Licitación Pública Nacional No. PASP-LPN-001-2015 llevado a cabo por el Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP) para “compra de artículos comestibles”, por haber sido interpuestos conforme a los plazos y las formalidades establecidas en el artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto fondo el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Proveedora de Bienes y Servicios HC PROBISER, S.R.L., respecto a reconocer la ilegalidad del procedimiento por haber establecido en el pliego de condiciones que los productos deben contener una etiqueta de “prohibida su venta”, toda vez que, conforme indicado en el considerando 143, se comprueba que la recurrente no agotó las fases procedimentales para llevar a cabo su reclamación al pliego de condiciones, sino después de dar aquiescencia y presentar ofertas, y por lo tanto, sus alegatos no tienen mérito y son extemporáneos. TERCERO: DECLARAR que en el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. PASP-LPN- 001-2015, llevado a cabo por el Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP) para el “compra de artículos comestibles”, se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el considerando 148, las cuales sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR a la Directora del Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), que conforme al debido proceso dispuesto en la Ley No. 107-13 y la Ley No. 340-06 y su modificación, investigue a los funcionarios - que hayan participado y permanezca en la actual gestión - responsables de no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65: “1) Amonestación escrita; 2) Suspensión sin goce de salario hasta por 6 meses; 3) Despido sin responsabilidad patronal; 4) Sometimiento a la justicia”. QUINTO: RECOMENDAR a la Directora del Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), que ordene a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos y al Comité de Compras y Contrataciones de dicha institución, a participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre los pliegos de condiciones específicas y criterios de evaluación; así como también en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), y a las razones sociales Proveedora de Bienes y Servicios HC PROBISER, S.R.L., J. Rafael Núñez, S.R.L., Briquetas Nacionales, S.R.L., Empresas Integradas, S.A.S., Multiservicios Hermes, S.R.L., Importadora Barbera, S.R.L., VH Office Supply, S.R.L., Caribbean Food Supply, S.R.L., Casa Paco, S.A., Proagro Dominicana, E.I.R.L., Factoría y Almacenes Familia, S.R.L., Inversiones Ceilan, S.R.L., Inversiones Troplom, S.R.L., Compañía de Inversiones Dumfries, S.R.L., Hispaniola Grain, S.R.L.; INDUVECA, S.A., Marceyesa, S.R.L., Huara Comercial, S.R.L., Santinis Investments, S.R.L. y, Mercasid, S.A., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.comprasdominicana.gob.do y www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| Comedores Económicos (Inactiva) |
| RD$2.3 millones |
| 26 abr de 2018 |
| Activo |
| COMPRA DE RACIONES ALIMENTICIAS | Lotería Nacional | RD$5.6 millones | 22 dic de 2017 | Cancelado |
| COMPRA DE RACIONES ALIMENTICIAS | Lotería Nacional | RD$5.6 millones | 22 dic de 2017 | Cancelado |
Resolución No. 70/2015, que DECLARA, que los Comedores Económicos del Estado, en el procedimiento de Urgencia No. CEE-PU-001-2014 llevado a cabo para la “adquisición de combos de artículos comestibles para las madres”, no cumplió con las siguientes disposiciones: a. De la Ley No. 340-06 sobre compras y contrataciones, y sus modificaciones: 1. Artículo 3 sobre los principios de transparencia, publicidad, igualdad y…
Proceso: CEE-PU-001-2014
Empresas: Agroluz, SRLAlmac Dominicana, SRLBelezar Comercial, SRLCasa Paco, SAComercial Corazón, SRLCorporación Legis, SRLy 6 más
PRIMERO: DECLARAR, como al efecto DECLARA, que Comedores Económicos del Estado, en el procedimiento de Urgencia No. CEE-PU-001-2014 llevado a cabo para la "adquisición de combos de artículos comestibles para las madres", no cumplió con las siguientes disposiciones: a. De la Ley No. 340-06 sobre compras y contrataciones, y sus modificaciones: 1. Artículo 3 sobre los principios de transparencia, publicidad, igualdad y libre competencia, racionalidad, eficiencia; 2. Artículo 6 párrafo único sobre las condiciones para la realización de un procedimiento de excepción; [firma] www.comprasdominicana.gob.do | www.dgcp.gob.do 3. Artículo 8 párrafo II en cuanto a no establecer criterios de evaluación objetivos en el pliego de condiciones; 4. Artículo 18 párrafo IV respecto a la publicación de la convocatoria conjuntamente con el pliego de condiciones; 5. Artículo 23 respecto a hacer público las garantías y precios de ofertas; 6. Artículo 25 sobre dejar constancia en informes de los justificativos de su actuación; b. Del Reglamento de aplicación, aprobado mediante Decreto No. 543-12 de fecha 06 de septiembre de 2012: 7. Artículo 4 sobre el informe pericial que justifique la urgencia; 8. Artículo 102 en cuanto a especificar los criterios de evaluación en el acta de adjudicación; c. Del Manual de Procedimientos de Urgencia: 9. Numeral 2.1 del sobre el requerimiento de solicitud de compra por el departamento correspondiente; 10. Numeral 03.01 relativas las invitaciones debidamente recibidas por los oferentes; 11. Numeral 5.01 sobre la notificación de la adjudicación. SEGUNDO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA al Administrador General de Comedores Económicos del Estado dominicano, que su personal participe en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre elaboración de pliegos de condiciones específicas y criterios de evaluación. TERCERO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA, a Comedores Económicos del Estado, aplicar las disposiciones legales contenidas en el artículo 65 de la Ley No. 340-06, con sus modificaciones, así como también las disposiciones de la Resolución No. 6/2009 de la Dirección General de Contrataciones Públicas, e imponer las sanciones que correspondan a los servidores públicos que intervinieron en el proceso. [firma] www.comprasdominicana.gob.do | www.dgcp.gob.do CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente Resolución a Comedores Económicos del Estado, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR, como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a las razones sociales Almac Dominicana, S.R.L. y Equipos y Accesorios El Comando, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR, como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR, como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.
Resolución No. 74/2014 de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil catorce (2014), mediante la cual este Órgano Rector da a conocer los resultados del procedimiento de Investigación de oficio, en virtud de las denuncias públicas realizadas en diferentes medios de comunicación relativa al procedimiento de Licitación Pública Nacional referencia CD-CCC-LPN-01-2014 llevado a cabo por la Cámara de Diputados de la…
Proceso: CD-CCC-LPN-01-2014
Empresas: Almacenes Karaka, SRLAltron Trading Co., S.R.L.CASNU, SRLCERES INTERNACIONAL, SRLChilling Home Supply, S.R.L.Cinco C, SRLy 33 más
PRIMERO: En cuanto al procedimiento DECLARAR, como al efecto DECLARA, que la Cámara de Diputados de la República Dominicana, en relación al proceso de Licitación Pública Nacional No.CD-CCC-LPN-01-2014, llevado a cabo por dicha entidad para la "adquisición de electrodomésticos y enseres del hogar para ser distribuidos con motivo de las madres", no cumplió con las disposiciones contenidas en: 1) los numerales 1, 4 y 9 del artículo 3, relativa a los principios de eficiencia, economía, flexibilidad y razonabilidad; 2) artículo 26, y sus párrafos I, II y III, relativa a la adjudicación a la propuesta más conveniente para los intereses institucionales y del país, de la adjudicación a menor precio, sobre la notificación de adjudicación y la obligación de las partes; 3) párrafo II del artículo 30 relativa al formato de las garantías, de la Ley No. 340-06 sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, de fecha dieciocho (18) de agosto de dos mil seis (2006), y sus modificaciones; 4) artículos 85 y 86 relativos al requisito de forma de las actas de aperturas; 5) artículo 94 sobre la aprobación de los informes realizados por los peritos designados; 6) artículo 114 sobre las garantías de seriedad de la oferta del Reglamento de aplicación No.543-12; 7) así como también del numeral 3.8 del Pliego de Condiciones Específicas, sobre el plazo de mantenimiento de la oferta. [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do AÑO DE LA SUPERACIÓN DEL ANALFABETISMO SEGUNDO: RECOMENDAR como al efecto RECOMENDAMOS a la Cámara de Diputados de la República Dominicana avocarse a dar cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en el artículo 65 y sus párrafos I y II de la Ley No. 340-06, con sus modificaciones, así como también las disposiciones de la Resolución No. 6/2009, e imponer las sanciones que correspondan, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda. TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Diputados de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENAMOS, la remisión formal de la presente Resolución a las razones sociales: Multiservicios Hermes, S.R.L., Inversiones Falena, S.R.L., Mixcorp, S.R.L., Distribuidora Pharma OL, S.R.L., Universal de Cómputos, S.R.L., Mercamart, S.R.L., Cinco C, S.R.L., Tokessa Investments, S.R.L., Servicios Generales y Suministros SGS, S.R.L., Decorus, S.R.L., Naipaul Trading, S.R.L., Madison Import, S.R.L., Tech Solutions, S.R.L., Lisa María, S.R.L., Facimax, S.R.L., Empresas Integradas, S.R.L., Inversiones Dumfries, S.R.L., Importadora Barbera, S.R.L., Chilling Home Supply, S.R.L., Inversiones Brava, S.R.L., Inversiones Kaiser, S.R.L., Marceyesa, S.R.L., Importexp Dominicana, S.R.L. e Importadora Hajuel, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do AÑO DE LA SUPERACIÓN DEL ANALFABETISMO QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), para su conocimiento, en lo que respecta a empresas con distintos domicilios reportados, y en cuanto a la empresa no registrada en la base de datos de esa Dirección General de Impuestos Internos, para los fines que correspondan. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENAMOS la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.
En esta vemos el detalle del proceso llevado a cabo entre EDUPROGRESO S.R.L. y el MINISTERIO DE EDUCACIÓN (MINERD), con un recurso de impugnación al proceso de Licitación Pública Nacional No. ME-LPN-11-GD para la 'Adquisición de baterías'.
Procesos: ME-LP-11-CDME-LPN-11-CDME-LPN-11-GD
Empresas: Eduprogreso, SRL (presentó la acción)Cecomsa, SRLImportadora Barbera, SRLMadison Import, SRLManuel Arsenio Urefi.a, S.A.METROTECy 9 más
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma el presente recurso jerárquico interpuesto por la razón social EDUPROGRESO S.R.L. en contra de la Resolución No. 109 de fecha ocho (08) de octubre del ai10 dos mil doce (2012) emitida por el Ministerio de Educación (MINERD) en respuesta de la impugnación al proceso de Licitación Pública Nacional No. ME-LPN-11-CD para la "Adquisición de Inversores y Baterías", por haber sido interpuesto de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 340-06, sobre compras y conh·ataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, modificada por la Ley o. 449-06 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490- 07. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR como al efecto RECHAZA, el presente recurso jerárquico interpuesto por la razón social EDUPROGRESO S.R.L.., conh·a de la Resolución No. 109 de fecha ocho (08) de octubre del a110 dos mil doce (2012) emitida por el Ministerio de Educación (MINERD) en respuesta de la impugnación al proceso de Licitación Pública Nacional o. ME- LPN-11-GD para la "Adquisición de Inversores y Balerías", por los motivos anteriormente expuestos. TERCERO: RATIFICAR como al efecto RATIFICA, en todas sus parles la Resolución No. 109 de fecha ocho (08) de octubre del año dos mil doce (2012) /j) emitida por el Ministerio de Educación (MINERD) en respuesta de la ;1-- c1• ) CONTRAiACION POBllCAS www.compras<lominicana.gov.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES POBLICAS AÑO DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN PABLO DUARTE impugnación al proceso de Licitación Pública Nacional No. ME-LPN-11-GD para la "Adquisición de Inversores y Baterías". CUARTO: ORDE TAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Ministerio de Educación (MINERD) para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la parte recurrente, EDUPROGRESO S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a Madison Import, S.R.L., Repuestos Palermo E.l.R.L., Importadora Barbera, S.R.L., Reyes de América, S.R.L., Trace Jntemalional, S.R.L., CECOMSA, S.R.L., UNTTRADE, S.R.L., Elech·osis tema Fondcur, EDUPROGRESO, S.R.L., QS SUPLIOFFICE, S.R.L., Manuel Arsenio Urefi.a, S.A., METROTEC, S.R.L., y VIFA S.R.L. para conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General y a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. ~ I (1• 'c'iiiiiiiic10NES _,,, PUBUCAS www.comprasdominicana.gov.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS AÑO DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN PABLO DUARTE OCTAVO: La presente Resolución podrá ser apelada ante el Tribunal Superior Administrativo, en un plazo de treinta (30) días en virtud de la Ley No. 13-07 de fecha del cinco (5) de febrero de dos mil siete (2007).